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Documento BOE-J-2025-190191

ROQUETAS DE MAR. Edicto de 18 de marzo de 2025 en procedimiento civil número 888/2021.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2025-190191

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Roquetas de Mar

Dirección: Calle REINA SOFIA 11

Localidad: Roquetas de Mar

Código Postal: 04740

Provincia: Almería

Teléfono: 950885235

Correo electrónico: AtPublico.JMixto.3.Roquetas.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 888/2021

NIG: 0407942120210006035

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 17/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Cinco dias

DESTINATARIOS

MARIA SANTIAGO SANTIAGO - NIF/NIE: ***3697**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª María Rodríguez Sánchez

En Roquetas De Mar, a diecisiete de marzo de dos mil veinticinco.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En este proceso de ejecución seguido a instancia de PROMONTORIA OMEGA DAC, se ha despachado ejecución frente a MARIA SANTIAGO SANTIAGO, parte ejecutada, por las siguientes cantidades: CIEN MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE EUROS CON CUARENTA CÉNTIMOS DE EUROS (100.919,40 €uros), más TREINTA MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS DE EUROS (30.275,82€) presupuestados prudencialmente para intereses y costas..

Segundo.- Para hacer efectivas dichas sumas se han embargado el/los siguiente/s bien/es propiedad de MARIA SANTIAGO SANTIAGO:

URBANA: ELEMENTO INDIVIDUAL NÚMERO TRECE. Vivienda, en planta baja de un edificio llamado ”EDIFICIO SAN JUAN” en Roquetas de Mar, en la calle León Felipe sin numero, denominada Bajo b . Distribuida en varias dependencias y dotada de los servicios necesarios. Tiene una superficie útil de cincuenta y dos metros , cincuenta y ocho decímetros cuadrados, más una terraza de superficie útil un metro setenta y ocho decímetros cuadrados; una superficie construida de sesenta y un metros ochenta y cinco decímetros cuadrados y , con su participación en zonas comunes, de setenta y dos metros setenta seis decímetros cuadrados Tiene atribuido el uso y disfrute de la mitad del patio de 1uces que nace en la planta baja , perfectamente delimitado y de superficie útil , dicha mitad , seis metros cuadrados , con el que linda por su frente , derecha y fondo. Linda : frente , pasillo distribuidor de planta ; derecha entrando , vivienda Bajo a ; izquierda , vivienda Bajo e ; y fondo , calle León Felipe. Linda además , por su frente , derecha y fondo , con la porción del patio de luces de uso y disfrute exclusivo de esta vivienda.

REGISTRO.- Tomo 3145 , libro 1389 , folio 123, finca número 86.823· inscripción 1ª.

Referencia catastral 3790402WF3639S0003DA

IDUFIR: 04014001226044

Dirección: CL LEON FELIPE 15 Es:E Pl:00 Pt:B 04740 ROQUETAS DE MAR (ALMERÍA)

Tercero.- La parte ejecutante ha solicitado la subasta de dicho/s bien/es que, a tal efecto, han sido objeto de avalúo en el que se ha fijado su importe en 132.059,40 Euro euros.

Cuarto.- Se ha recabado del Registro certificación de dominio y cargas.

Quinto.- Se ha/n valorado el/los bienes para subasta en 132.059,40.-€ euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Una vez aportada a los autos la certificación de dominio y cargas del/de los bien/es inmueble/s reseñado/s en el Segundo antecedente de esta resolución, y practicadas las diligencias que han culminado con la valoración de los mismos, procede acordar la convocatoria de subasta para su realización. La subasta se llevará a cabo de forma electrónica en el Portal de Subastas, como establece el artículo 644 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC).

Segundo.- Una vez firme esta resolución, se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 645 de la LEC, es decir, se anunciará en el Boletín Oficial del Estado, anuncio que contendrá la información determinada en el apartado 1 del artículo 646 de la misma Ley.

Como dispone el ya citado artículo 645, dicho anuncio servirá de notificación a la parte ejecutada no personada.

Así mismo, a efectos meramente informativos, el anuncio ha de publicarse, también, en el Portal de la Administración de Justicia.

Por último, una vez sea firme esta resolución, debe/n incorporarse al Portal de Subastas el/los correspondiente/s edicto/s en la forma y con el contenido establecido en los artículos 661.1 y 668.2 de la LEC.

Tercero.- Conforme a lo previsto en el artículo 670.7 de la LEC, en cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación a la parte ejecutante podrá el/la ejecutado/a liberar los bienes si paga íntegramente lo debido por principal, intereses y costas.

PARTE DISPOSITIVA

1.- Se acuerda convocar subasta pública para la realización del/de los bien/es reseñados en el antecedente Segundo de esta resolución, con la valoración también indicada en los antecedentes.

2.- La subasta se llevará a cabo de forma electrónica en el Portal de Subastas.

3.- Una vez firme esta resolución, anúnciese la subasta en el Boletín Oficial del Estado.

4.- Publíquese el anuncio en el Portal de la Administración de Justicia, a efectos meramente informativos.

5.- Firme este decreto, incorpórese el edicto en el Portal de Subastas.

6.- Notifíquese esta resolución a MARIA SANTIAGO SANTIAGO, sin perjuicio de que el anuncio de la subasta en el Boletín Oficial del Estado sirva, en su caso, de notificación a dicha parte.

Roquetas de Mar, 18 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA RODRIGUEZ SANCHEZ

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