Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pontevedra
Dirección: Calle HORTAS S/N
Localidad: Pontevedra
Código Postal: 36004
Provincia: Pontevedra
Teléfono: 986805268
Concursal
Número: 208/2011
NIG: 3603847120110000365
Auto
Fecha: 14/03/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores concurso "Elaborados Santamar SL"
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
ACUERDO:
I.DECLARAR LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO ABREVIADO nº208/2011 , de la entidad ELABORADOS SANTAMAR SL , con CIF nº B36123115 y con domicilio social en Lugar Los Campo s Mourente, 9 (Pontevedra) Pontevedra),inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, Folio 52, Libro 864 de sociedades, inscripción 1ª de la hoja PO 459 , por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones.
II.- APROBAR LA RENDICIÓN DE CUENTAS presentada porla Administración Concursal, sin que dicha aprobación prejuzgue laprocedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de losadministradores concursales.
III.- CESAR las limitaciones de administración y disposición del deudo rque estuvieren subsistentes, así como los efectos del concurso de acreedores.
IV.- Acordar la EXTINCIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA CONCURSADA, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.Igualmente procede librar mandamientos de cancelación de la inscripción dedeclaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dichadeclaración.
Remítase testimonio de la presente resolución a la Sección Segunda del presente concurso, en los términos del artículo 479.6º del TRLC.
Notifíquese la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro Público Concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial delEstado».
MODO DE IMPUGNACIÓN: notifíquese la presente resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma es FIRME y que frente aella no cabe interponer recurso alguno, ex art. 481.1 TRLC.
Así lo dispone, manda y firma Dª. Rosario Rodríguez López, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Pontevedra. Doy fe.
Pontevedra, 18 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JUAN JOSE GUTIERREZ MARTIN
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid