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Documento BOE-J-2025-18340

SEVILLA. Edicto de 14 de enero de 2025 en procedimiento civil número 63/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 15, de 17 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-18340

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla

Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41014

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955189374

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 63/2024

NIG: 4109142120190055619

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/10/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

FRANCISCO JAVIER DOMINGUEZ BUENO - NIF/NIE: ***2242**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Ejecutado: FRANCISCO JAVIER DOMINGUEZ BUENO, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el teju para llevar a efecto la diligencia de NOTIFICACIÓN.

DILIGENCIA.-En SEVILLA, a veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro.

La extiendo yo, la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que, efectuada la consulta del Registro Público Concursal se constata que no está inscrito el demandado D. FRANCISCO JAVIER DOMINGUEZ BUENO con DNI nº 28922423S. Paso a dar cuenta. Doy fe.

AUTO

D. JESÚS GINÉS GABALDÓN CODESIDO

En SEVILLA, a veinticuatro de octubre de dos mil veinticuatro.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Por la Procuradora Dª PALOMA AGARRADO ESTUPIÑA en representación de OUT OF THE BLUE, K.G., se ha presentado DEMANDA EJECUTIVA solicitando el despacho de ejecución contra D. FRANCISCO JAVIER DOMINGUEZ BUENO con DNI nº 28922423S en su condición de administrador de la entidad REGALOS STORE, SL con fundamento en el siguiente TÍTULO EJECUTIVO:

CLASE Y FECHA DE LA RESOLUCION: SENTENCIA Nº 465/20 DE FECHA 3-12-20 .

JUICIO EN EL QUE HA SIDO DICTADA: JUICIO VERBAL 888/19-8.

EJECUTANTE: OUT OF THE BLUE, KG

EJECUTADO: D. FRANCISCO JAVIER DOMINGUEZ BUENO con DNI nº 28922423S.

PRINCIPAL OBJETO DE RECLAMACIÓN: 3.018,43 euros.

PRESUPUESTO PARA INTERESES Y COSTAS: 1.107,18 euros.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Establece el vigente art. 551.1 LEC que, presentada la demanda ejecutiva, siempre que concurran los presupuestos y requisitos procesales, el título ejecutivo no adolezca de ninguna irregularidad formal y los actos de ejecución que se soliciten sean conformes con la naturaleza y el contenido del título, el tribunal dictará auto conteniendo la orden general de ejecución y despachando la misma.

SEGUNDO.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en los arts. 549 y 550 LEC sobre la demanda ejecutiva y los documentos acompañados en el presente se caso, se cumplen todos los requisitos y presupuestos exigidos para el despacho de ejecución, siendo válido el título ejecutivo, siendo la cantidad reclamada determinada y líquida, no excediendo los intereses y costas reclamados de los límites establecidos en el art. 575 LEC, y siendo las actuaciones ejecutivas interesadas conformes al título presentado, razones todas ellas por las cuales es procedente dictar el mencionado auto dando la orden general y despacho de la ejecución con el contenido que el mismo art. 551.1 LEC expresa.

Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación.

PARTE DISPOSITIVA

En atención a lo expuesto, se ACUERDA:

Se da la ORDEN GENERAL y SE DESPACHA EJECUCIÓN DINERARIA a instancia de OUT OF THE BLUE, K.G., representada por la Procuradora Dª PALOMA AGARRADO ESTUPIÑA en adelante parte ejecutante, contra D. FRANCISCO JAVIER DOMÍNGUEZ BUENO con DNI nº 28922423S en su condición de administrador de la entidad REGALOS STORE, SL, en adelante parte ejecutada, por las cantidades de 3.018,43 euros de PRINCIPAL, más otros 1.107,18 euros presupuestados para INTERESES y COSTAS sin perjuicio de su ulterior liquidación.

Queden los autos sobre la mesa de la Letrada de la Administración de Justicia a los efectos de dictar el correspondiente decreto de medidas ejecutivas del art. 551.3 LEC.

Conforme al art. 553 LEC, notifíquese la presente resolución simultáneamente con el decreto de medidas ejecutivas a las partes y al ejecutado, o al Procurador que lo represente, con entrega de copias de la demanda ejecutiva y documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución.

Así lo acuerda y firma el Magistrado-Juez arriba referido.

EL MAGISTRADO-JUEZ LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

DILIGENCIA

En Sevilla, a diecisiete de diciembre de dos mil veinticuatro.

La extiendo yo la Letrada de la Administración de Justicia, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en TEJU.

De todo lo cual, doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Sevilla, 14 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SUSANA PEREZ GONZALEZ

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