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Documento BOE-J-2025-181068

VALÈNCIA. Edicto de 14 de marzo de 2025 en procedimiento concursal número 968/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2025-181068

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

Correo electrónico: vamerca04_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 968/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 12/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores deudor

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTOLetrado de la Administración de Justicia: D./Dª.CRISTINA MARIA VALERODOMENECHConforme a lo previsto en el artículo 37 ter del Texto Refundido de la Ley Concursaly en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, hago saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso abreviado 968/2024 referente al/a ladeudor/a D./D.ª MIGUEL SORIA BRAVO , con Nif 22645255F, habiéndose dictado autofirme de conclusión de concurso voluntario de fecha 12/03/2025, y reconocer la exoneracióndefinitiva del pasivo insatisfecho.Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notifica o publica en elRegistro Público Concursal a través del enlace:https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscarEn València, a 12 de marzo de 2025.EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIALa difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada, fuera delos casos previstos en una Ley, solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismocontuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber detutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.Los datos personales incluidos en esta resolución, y en los documentos adjuntos a la misma, no podrán ser cedidos,ni comunicados con fines distintos a los previstos en las leye

València, 14 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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