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Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Purchena
Dirección: Avenida CAMINO VERDE 3 37.348162960087755
Localidad: Purchena
Código Postal: 04870
Provincia: Almería
Teléfono: 671561023
Correo electrónico: AtPublico.JMixto.1.Purchena.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 966/2024
Diligencia
Fecha: 03/02/2025
Objeto de la publicación edictal:
Citación
SERAFIN CLEMENTE LIRIA - NIF/NIE: ***4054**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª María Caridad Zurano García
En Purchena, a tres de febrero de dos mil veinticinco.
1.- No habiendo comparecido la parte demandada SERAFIN CLEMENTE LIRIA, dentro del plazo para contestar a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 496.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal.
Conforme a lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley, y por ser conocido el domicilio de la parte demandada declarada en rebeldía, notifíquesele esta resolución por correo certificado con acuse de recibo, advirtiéndole que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.
2.- Cumplido el trámite de contestación a la demanda y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 440, al que remiten los artículos 753 y 770, todos ellos de la LEC, se convoca a las partes a la celebración de la vista principal de este juicio, para cuyo acto se señala el día 18/03/2025 a las 10:30 horas.
3.- Cítese a las partes, haciéndolas saber que deben comparecer al acto de la vista por sí mismas, apercibiéndolas que su incomparecencia sin causa justificada podrá determinar que se consideren admitidos los hechos alegados por la parte que comparezca para fundamentar sus peticiones sobre medidas definitivas de carácter patrimonial. También será obligatoria la presencia de los/as abogados/as respectivos/as (artículo 770 regla 3.ª).
4.- Adviértase también a las partes que deben comparecer en la vista con las pruebas de que intenten valerse. A tal efecto, indíquese que dentro de los cinco días siguientes a la recepción de la citación, deben indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por la Letrada de la Administración de Justicia para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedores de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación (artículo 440.1 LEC).
5.- En el mismo plazo de cinco días podrán las partes pedir respuestas escritas a cargo de personas jurídicas o entidades públicas, por los trámites establecidos en el artículo 381 de la LEC.
Comuníquese al Tribunal y, verificado, notifíquese a las partes.
Purchena, 13 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA CARIDAD ZURANO GARCIA
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