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Documento BOE-J-2025-178034

MADRID. Edicto de 13 de marzo de 2025 en procedimiento concursal número 129/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 66, de 18 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2025-178034

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 16 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 917200890

Correo electrónico: mercantil16@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 129/2025

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 04/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

CONCURSO VOLUNTARIO DE SELIGISTICA, S.L. - Nº B88395991

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Que en el Concurso Ordinario 129/2025, por Auto de fecha 4/03/2025, se ha declarado en concurso voluntario a SELIGISTICA, S.L., con CIF B88395991, y domicilio social en Avenida de Carlos Sainz, Nº 43, C.P. 28914 de Leganés (Madrid).

2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255-256 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, conforme a lo previsto en el artículo 28 del TRLC.

3.- Que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre la masa activa, pero el ejercicio de estas facultades estará sometido a la intervención de la Administración Concursal, que podrá autorizar o denegar la autorización según tenga por conveniente.

4.- La identidad de la Administración Concursal es GENOVA TRES CONCURSALISTAS, S.L.P, con domicilio en calle Génova nº 3, 2ª planta, CP 28004 de Madrid y dirección electrónica ac.seligistica@gtresc.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con los artículos 255-256 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 13 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALEJANDRO ASENSIO MUÑOZ

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid