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Documento BOE-J-2025-176341

SEVILLA. Edicto de 12 de marzo de 2025 en procedimiento civil número 2039/2015.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-176341

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.4.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 2039/2015

NIG: 4109142120150058863

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 26/02/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JOSEFA VELA DE ALBA - NIF/NIE: ***0204**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el pocedimiento referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

DECRETO N.º 166/2025

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Cecilia Carande Cameno

En Sevilla, a veinticinco de febrero de dos mil veinticinco.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por el procurador D. RAFAEL ILLANES SAINZ DE ROZAS en representación de UNICAJA BANCO S.A se formuló con fecha 9 de Noviembre de 2015 demanda de ejecución hipotecaria frente a Dª JOSEFA VELA DE ALBA, con NIF 52302044G y frente a D. MANUEL FERRERO GOMEZ, con NIF 28421350C , como prestatarios hipotecantes en la que se exponía: que por escritura pública otorgada CON FECHA 30 DE JUNIO DE 2003, ANTE EL NOTARIO DE SEVILLA ALBERTO MORENO FERREIRO y Nº 898, DE SU PROTOCOLO, su representado y el/los deudor/es expresado/s concertaron un contrato en el que la deuda se garantizaba mediante garantía hipotecaria de la siguiente finca:

LOTE ÚNICO: URBANA.- Parcela número veinticinco, en término de Tomares núcleo Residencial La Cornisa. Tiene una superficie de ciento cincuenta y siete metros con ochenta y seis decímetros cuadrados. Linda: al Norte, con parcela número veintiséis; al Sur, con parcela número veinticuatro; al Este con calle de la Urbanización; y al Oeste , con calle privada del Núcleo. Sobre esta parcela y ocupando toda su anchura hay construida una vivienda compuesta de planta baja, primera y ático, con una superficie total construida de ciento cuarenta y ocho metros sesenta y siete decímetros cuadrados y útil de ciento veinte metros cuadrados.

Inscrito en el Registro de la Propiedad nº 3 de los de Sevilla, en el folio 209, tomo 1834, libro 142, finca 3186-N, inscripción 3ª.

PARTE DISPOSITIVA

ACUERDO:

1.- Aprobar la adjudicación a favor de D. JOSE LUIS VILLEGAS MAURI, con NIF 27.323.943N, con domicilio en Avenida Republica Argentina, 54 - Piso: 4 - Puerta: izda de Sevilla (C.P. 41011), de la finca descrita en el antecedente de hecho primero de esta resolución, por importe de CIEN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (100.392,84€), superior al 70% del valor de tasación, y asímismo superior al total de la deuda por la cual se despachó ejecución, sumados principal, intereses y costas.

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta con el número 4000/0000/06/2039/15, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo decreto y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: JOSEFA VELA DE ALBA, por providencia de 25/02/2025, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón electrónico judicial único para llevar a efecto la diligencia de ...

En Sevilla, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Sevilla, 12 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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