Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Xativa
Dirección: Plaza TRINIDAD 5
Localidad: Xàtiva
Código Postal: 46800
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 963188663
Correo electrónico: xami03_val@gva.es
Civil
Número: 364/2021
Diligencia
Fecha: 17/06/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
FRANCISCO JAVIER GARCIA CALDES - NIF/NIE: ***3280**
CARMEN LLEDO ROSIQUE - NIF/NIE: ***4330**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
1.- Dar traslado a las partes por plazo común de DIEZ DÍAS,con la advertencia de que ya no se admitirá la inclusión oadición de partida alguna, reservando a los interesados suderecho para reclamarlo de quien y como corresponda.2.- Informar a las partes de que dentro del plazo señalado,puede impugnarse la tasación practicada, con las advertenciassiguientes:1ª) Por la parte condenada, basada en la inclusión departidas, derechos o gastos indebidos, pero en cuanto a loshonorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetosa arancel, también podrá impugnarse la tasación alegando queel importe de dichos honorarios es excesivo ( artículo 245.2de la L.E.C.).2ª) La parte favorecida, podrá impugnar la tasación por nohaberse incluido gastos que estime debidamente justificados yreclamados. También podrá fundar su reclamación en no haberseincluido la totalidad de la minuta de honorarios de suabogado, o de perito, profesional o funcionario no sujeto a arancel o no haberse incluido correctamente los derechos de suprocurador (artículo 245.3 de la L.E.C.).3ª) En todo caso, en el escrito de impugnación habrán demencionarse las cuentas o minutas y las partidas concretas aque se refiera la discrepancia y las razones de ésta. En otrocaso, no se admitirá a trámite la impugnación (artículo 245.4de la L.E.C.).
Xàtiva, 11 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICENTE MENGUAL GOMIS
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