Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de València
Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961922186
Correo electrónico: vamerca05_val@gva.es
Concursal
Número: 98/2023
Sentencia
Fecha: 28/02/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de Dª. Antonia Sahuquillo Cebrián.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
Letrada de la Administración de Justicia: Dª.PILAR IRLES MARTINEZ.
Que en el procedimiento concursal número 98/2023 en el que figura como concursada D.ª ANTONIA SAHUQUILLO CEBRIAN , Nif 52701176B, se ha dictado con fecha 28/2/2025 Sentencia en incidente concursal, en la que se acuerda: DESESTIMO la demanda presentada por la concursada y por ello: 1.- APRUEBO el informe final de liquidación y la rendición de cuentas. 2.- DECIDO la CONCLUSIÓN del concurso de Dña Antonia Sahuquillo Cebrián. 3.- Acuerdo el archivo de las actuaciones, una vez sea firme. 4.- Acuerdo la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso, una vez sea firme. 5.- Acuerdo el cese de las limitaciones sobre las facultades de administración y disposición del concursado. 6.- Acuerdo el cese de la administración concursal, que deberá comparecer en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal, una vez sea firme. 7.- Esta resolución debe publicarse en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado, y debe ser objeto de la publicidad registral prevista en los artículos 557 y 558 del Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para su inscripción., una vez sea firme. 8.- Esta resolución debe notificarse a la administración concursal, a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), y publicarse en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado, una vez sea firme. 9.- Condeno en las costas del presente incidente concursal a la concursada. 10.- Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación. En València, a 06 de marzo de 2025. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA .
València, 11 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PILAR IRLES MARTINEZ
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