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Documento BOE-J-2025-168029

SEVILLA. Edicto de 10 de marzo de 2025 en procedimiento civil número 2142/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-168029

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: jinstancia.4.sevilla.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 2142/2022

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 04/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

SILVIA OLIVER ENDRINA - NIF/NIE: ***6902**

JUAN ANTONIO OLIVER ENDRINA - NIF/NIE: ***7977**

FERNANDO DIEGO OLIVER ENDRINA - NIF/NIE: ***7961**

ROCIO OLIVER ENDRINA - NIF/NIE: ***7977**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En la ejecución de título judicial 2142/22, se ha dictado la resolución cuyo extracto es el siguiente:

"DECRETO N.º 189/2025

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Cecilia Carande Cameno

En Sevilla, a fecha de la firma electrónica.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El presente proceso de ejecución promovido por la CC.PP. INES ROSALES 5 frente a SILVIA OLIVER ENDRINA, JUAN ANTONIO OLIVER ENDRINA, FERNANDO DIEGO OLIVER ENDRINA y ROCIO OLIVER ENDRINA.

Segundo.- Encontrándose el proceso en el trámite de traba, se ha presentado por la parte ejecutante escrito manifestando que su poderdante ha sido plenamente satisfecho de la totalidad de sus pretensiones, por lo que solicita la terminación del procedimiento.

Permanecen embargados a resultas de esta ejecución bienes pertenecientes a la parte ejecutada.

PARTE DISPOSITIVA

Se declara terminado el presente proceso de ejecución promovido por la CC.PP. INES ROSALES 5 frente a SILVIA OLIVER ENDRINA, JUAN ANTONIO OLIVER ENDRINA, FERNANDO DIEGO OLIVER ENDRINA y ROCIO OLIVER ENDRINA.

Se alza el embargo acordado respecto de los bienes de SILVIA OLIVER ENDRINA, JUAN ANTONIO OLIVER ENDRINA, FERNANDO DIEGO OLIVER ENDRINA y ROCIO OLIVER ENDRINA y se acuerda cancelar las medidas adoptadas para garantizar dicho embargo.

Líbrese mandamiento de pago a favor de Doña Silvia Oliver Endrina en devolución del sobrante, haciéndole saber que, en caso de no cobrarlo en plazo de 1 año se procederá a su transferencia a los fondos provisionalmente abandonados del Tesoro Público.

Archívense las actuaciones.

De esta resolución doy cuenta al Órgano Judicial.

Notifíquese esta resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REVISIÓN ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 4000 0000 05 2142/22, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo decreto y firmo. Doy fe.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA"

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de SILVIA OLIVER ENDRINA, JUAN ANTONIO OLIVER ENDRINA, FERNANDO DIEGO OLIVER ENDRINA y ROCIO OLIVER ENDRINA, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón edictal judicial para llevar a efecto la diligencia de NOTIFICACIÓN.

En Sevilla, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Sevilla, 10 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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