Juzgado de Primera Instancia Nº 7 de Jaén
Dirección: Calle OBISPO ALONSO SUÁREZ 3
Localidad: Jaén
Código Postal: 23008
Provincia: Jaén
Teléfono: 953962149
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.7.Jaen.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 180/2024
NIG: 2305042120240001055
Diligencia
Fecha: 02/09/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Cinco
CLOTILDE BELTRAN JIMENEZ - NIF/NIE: ***2867**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
DILIGENCIA DECLARA EN REBELDÍA DEMANDADO
1.- Presentado el anterior escrito por la Procuradora Cintia Leonor Velazquez Carrasco en nombre y representación de OSMAR CAPITAL, S.L.U. únase a los autos de su razón.
2.- Recibida Diligencia del Servicio Común de Notificaciones y Embargos (SCNE) con resultado positivo, únase a los autos de su razón y dese traslado a la actora, a los efectos oportunos.
3.- Transcurrido el plazo concedido a CLOTILDE BELTRAN JIMENEZ para contestar a la demanda sin que haya comparecido en las actuaciones, se declara a dicha parte en rebeldía (artículos 438.1 y 496 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Conforme a lo ordenado en el artículo 497.1 de la misma Ley, y por ser conocido el domicilio de la parte demandada declarada en rebeldía, notifíquesele esta resolución por correo certificado con acuse de recibo, advirtiéndole que no se llevará a cabo ninguna otra excepto la de la resolución que ponga fin al proceso.
3.- Dese traslado a la parte demandante para que en el plazo de tres días alegue lo que tenga por conveniente sobre la pertinencia de celebrar vista.
En caso de solicitarla, si pretende proponer el interrogatorio de la parte declarada rebelde, deberá interesar su citación judicial.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículos 451 y 452 de la LEC).
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
Lo acuerdo y firmo. Doy fe
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Jaén, 10 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CAROLINA RIVERA MIÑAN
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