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Documento BOE-J-2025-16672

SEVILLA. Edicto de 10 de enero de 2025 en procedimiento civil número 1235/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SEVILLA
Referencia:
BOE-J-2025-16672

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla

Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol

Localidad: Sevilla

Código Postal: 41018

Provincia: Sevilla

Teléfono: 955516033

Correo electrónico: jinstancia.4.sevilla.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1235/2024

NIG: 4109142120240000724

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 27/09/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Cinco días

DESTINATARIOS

JORGE GUARINO DÍAZ - NIF/NIE: ***1928**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

En el procedimiento arriba referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

DILIGENCIA.- En SEVILLA, en la fecha de su firma electrónica.

Para hacer constar que se ha recibido del Decanato el anterior escrito de oposición, registrado con el número 38235/2024, repartida a este Juzgado como Juicio Verbal (250.2) nº 1235/2024, y que por JORGE GUARINO DIAZ no se ha solicitado la celebración de la vista en este proceso. Doy fe.

DECRETO

Letrado/a de la Administración de Justicia, Sr./a.: CECILIA CARANDE CAMENO

En SEVILLA, en la fecha de su firma electrónica.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Por la Procuradora VANESA MARIA PALANCO GARCIA en nombre y representación de FORNAX CAPITAL LTD se presentó solicitud inicial de procedimiento monitorio dirigida frente a JORGE GUARINO DIAZ en reclamación de 787,72 euros.

Admitida a trámite la solicitud, se acordó requerir a la deudora para que en el plazo de veinte días pagare al acreedor la cantidad reclamada o, en otro caso, presentara escrito de oposición alegando sucintamente las razones para no hacerlo.

SEGUNDO.- Dentro del plazo concedido por la parte demandada JORGE GUARINO DIAZ se presentó escrito de oposición al Monitorio.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Dispone el art. 818.1 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, que si el deudor requerido presentara escrito de oposición dentro de plazo, el asunto se resolverá definitivamente en el juicio que corresponda teniendo la sentencia que se dicte fuerza de cosa juzgada.

A su vez el apartado 2 del mencionado precepto dispone que cuando la cuantía de la pretensión no excediera de la propia del juicio verbal, el Letrado de la Administración de Justicia dictará decreto dando por terminado el proceso monitorio y acordando seguir la tramitación conforme a lo previsto para este tipo de juicio, dando traslado de la oposición al actor, quien podrá impugnarla por escrito en el plazo de diez días. Las partes en sus respectivos escritos de oposición y de impugnación de ésta, podrán solicitar la celebración de la vista, siguiendo los trámites previstos en los artículos 438 y siguientes.

PARTE DISPOSITIVA

A la vista de los anteriores fundamentos

DISPONGO: Dése traslado a la parte actora del escrito de oposición, quien podrá impugnaro por escrito en el plazo de DIEZ DÍAS (artículo 418.2 de la L.E.C.) y se pronuncie sobre la pertinencia de la celebración de la vista, con apercibimiento de que si ninguna de las partes la solicitase y el tribunal no considerase procedente su celebración, se dictará sentencia sin más trámites. En todo caso, bastará con que una de las partes lo solicite para que el secretario judicial señale día y hora para su celebración, dentro de los cinco días siguientes. (artículo 438.4 de la L.E.C)

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN, ante el Secretario Judicial que la dicta. No obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado.

El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el DEPÓSITO para recurrir de VEINTICINCO EUROS, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones 4000 0000 02 1235 24 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO 4 DE SEVILLA, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos NO SE ADMITIRÁ A TRÁMITE el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: JORGE GUARINO DIAZ, por diligencia de ordenación de 23/12/2024, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón edictal único para llevar a efecto la diligencia de notificación.

En Sevilla, en el día de la firma.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Sevilla, 10 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO

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