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Documento BOE-J-2025-16650

SANTA CRUZ DE TENERIFE. Edicto de 10 de enero de 2025 en procedimiento civil número 1233/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SANTA CRUZ DE TENERIFE
Referencia:
BOE-J-2025-16650

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Santa Cruz de Tenerife

Dirección: Avenida TRES DE MAYO 3

Localidad: Santa Cruz de Tenerife

Código Postal: 38005

Provincia: Santa Cruz de Tenerife

Teléfono: 922349285

Correo electrónico: instancia4.sctf@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1233/2024

NIG: 3803842120240011520

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 16/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: diez días

DESTINATARIOS

MARÍA BEGOÑA GONZÁLEZ FEBLES - NIF/NIE: ***6407**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justiciaencanarias.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Comparecer en el juicio expresado, para contestar a la demanda, en la que figura como parte demandada. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del decreto de admisión de aquélla.

TRIBUNAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECEREn la sede de este Juzgado.

PLAZO PARA COMPARECER DIEZ DÍAS HÁBILES computados desde el siguiente al de este emplazamiento.PREVENCIONES LEGALES1.- Si no comparece, se le declarará en situación de rebeldía procesal y notificada la misma, no se llevará a cabo ninguna otra, excepto la de la resolución que ponga fin al proceso (artículos 496 y 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil -LEC-).

2.- La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la LEC).

3.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo primero de la LEC

4.- El demandado en su escrito de contestación deberá pronunciarse sobre la pertinencia de la celebración de la vista.

Santa Cruz de Tenerife, 10 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CARLOS AYMERICH ROJAS

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