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Documento BOE-J-2025-16607

SALAMANCA. Edicto de 9 de enero de 2025 en procedimiento concursal número 1192/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 14, de 16 de enero de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - SALAMANCA
Referencia:
BOE-J-2025-16607

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA.N.4

Dirección: PLAZA COLON, S/N, 2ª PLANTA

Localidad: SALAMANCA

Código Postal: 37001

Provincia: Salamanca

Teléfono: 923284690

Correo electrónico: instancia4.salamanca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1192/2024

NIG: 3727442120240012656

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

JAVIER COQUE RIOS - NIF/NIE: 07841856Y

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

D. Javier Iglesias Martín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 37 quater de la Ley Concursal, anuncia: 1.- Que en el procedimiento nº 1192/24, por Auto de fecha 18 de Diciembre de 2024, se ha declarado en concurso voluntario sin masa al deudor D. JAVIER COQUE RIOS y que dicho Auto se ha aclarado en virtud de resolución de fecha 07.01.25 para aclarar el nº de DNI del concursado, siendo el correcto 07832925-E. 2.- Se ha acordado el llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado a que se refiere el art 37 ter del TRLC. En el caso de que, dentro de plazo, ningún legitimado hubiera formulado esa solicitud, el deudor que fuera persona natural podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho.

SALAMANCA, 9 de enero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JESUS JAVIER IGLESIAS MARTIN

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