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Documento BOE-J-2025-163832

VALÈNCIA. Edicto de 7 de marzo de 2025 en procedimiento concursal número 1148/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 62, de 13 de marzo de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2025-163832

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València

Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1

Localidad: València

Código Postal: 46013

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927879

Correo electrónico: vamerca04_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 1148/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 05/03/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de la concursada

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTOLetrado de la Administración de Justicia: D./Dª.CRISTINA MARIA VALERODOMENECHConforme a lo previsto en el artículo 37 ter del Texto Refundido de laLey Concursal y en la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 16/2022, de 5de septiembre, hago saber:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso sin masa 1148/2024referente al/a la deudor/a D.ª MARIA CANOVES RIPOLL , con Dni 20025487P,habiéndose dictado auto firme de conclusión de concurso voluntario de fecha05/03/2025, y reconocer la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho.Se puede conocer el contenido íntegro de la resolución que se notificao publica en el Registro Público Concursal a través del enlace:https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscarEn València, a 05 de marzo de 2025.EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIALa difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sidodictada, fuera de los casos previstos en una Ley, solo podrá llevarse a cabo previa disociación de losdatos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a losderechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato delas víctimas o perjudicados, cuando proceda.Los datos personales incluidos en esta resolución, y en los documentos adjuntos a la misma,no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines distintos a los previstos en las leyes.Código Seguro de verificación ES291J00023522-UYQ79CL1XTX83R1PXD7H13N11PXD7H13N11PXDDF.Permite la verificación de la integridad de una copia de este documento electrónico en la dirección https://www.tramita.gva.es/csvfront/index.faces?cadena=ES291J00023522-UYQ79CL1XTX83R1PXD7H13N11PXD7H13N11PXDDFEste documento incorpora firma electrónica reconocida de acuerdo a la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinadosaspectos de los servicios electrónicos de confianza.FIRMADO POR CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH FECHAHORA05/03/202511:54:37ID.FIRMA idFirma ES291J00023522-UYQ79CL1XTX83R1PXD7H13N11PXD7H13N11PXDDFPÁGINA 1/2

València, 7 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH

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