Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Sevilla
Dirección: Calle ENERGIA SOLAR 1 Campus Judicial Palmas Altas
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41014
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955189374
Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.3.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 111/2025
Decreto
Fecha: 10/03/2025
Objeto de la publicación edictal:
Citación
Posibles interesados.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DECRETO
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Susana Pérez González
En Sevilla, a diez de marzo de dos mil veinticinco.
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- Por la procurador DIANA MARIN MARTINEZ en representación de MARIA DEL CARMEN FLORES RUIZ ha presentado solicitud en la que promueve expediente de jurisdicción voluntaria sobre extravío de cheque bancario, contra Dª Cintia Alvarez Flores y Caja Rural del Sur.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- Examinada la solicitud, se estima, a la vista de los datos y documentos aportados, que la parte solicitante reúne los requisitos de capacidad necesarios para comparecer en juicio, conforme a lo determinado en los artículos 6 y 7 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Así mismo, está legitimada para promover el expediente según establece el artículo 3 de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria (LJV) Siendo preceptivo abogado y procurador.
Segundo.- Vistas las pretensiones formuladas en la solicitud, este Juzgado tiene competencia objetiva y territorial para conocer de la solicitud por aplicación de los artículos 36 y de la LEC y 9 de la LJV.
Asimismo, es competente territorialmente para conocer de la demanda por aplicación del art. 133 de la LJV.
Tercero.- Por último, la solicitud debe tramitarse por los trámites de los art. 135 y siguientesde la LJV y celebrar la comparecencia prevista en el mismo con las especialidades previstasen el artículo 18
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se admite a trámite la solicitud reseñada en los antecedentes de esta resolución.
2.- Se acuerda celebrar comparecencia, que tendrá lugar el día 23/04/25 a las 11:30 horas, en esta Oficina Judicial , ante la Letrada de la Administración de Justicia.
3.- A la comparecencia, se citará a la parte solicitante, a Dª Cintia Alvarez Flores y a Caja Rural del Sur en los respectivos domicilios que constan en las actuaciones así como a cualquier interesado, con la antelación y prevenciones previstas en el art. 17.3 y 18.2 LJV, para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueren necesarios.
4.- En las cédulas de citación se harán las siguientes advertencias:
1ª) A la parte solicitante:- Si no asiste a la vista, se le tendrá por desistido de la demanda y se acordará elarchivo de la solicitud (art. 18.2.1ª LJV).2ª) A las demás personas citadas:- Si alguna no comparece, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sinmás citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (art. 18.2.1ª LJV).Si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los 5 días siguientes a su citación peroello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe sutramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea.3ª) A todas las personas citadas:- Deben comparecer a la vista con los medios de prueba de que intenten valerse (art.16.3 LJV)- Deben comunicar a este Órgano cualquier cambio de domicilio que se produzcadurante la sustanciación de este proceso. Así como los cambios relativos a susnúmeros de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similar, siempre que estosúltimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la Oficinajudicial (art. 155.5 LEC).
Líbrese oficio al periódico de mayor circulación, que será entregado a la partepara su diligenciado. Asimismo, publíquese en el TEJU.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta resolución cabe recurso de REPOSICIÓN en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del impugnante, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 224 y 452 de la LEC).
Para la admisión del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado nº 5380 0000 00 seguida de cuatro dígitos (que se corresponden con el número del procedimiento, añadiendo a la izquierda tantos ceros como falten) y de otros dos dígitos (que se corresponden con el año del procedimiento) indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 00 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O 1/2009 de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5º de la Disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.
La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 451.3 de la LEC).
Lo decreto y firmo. Doy fe.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Sevilla, 10 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SUSANA PEREZ GONZALEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid