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Documento BOE-J-2025-163196

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 7 de marzo de 2025 en procedimiento civil número 9/2025.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 61, de 12 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2025-163196

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Violencia Sobre la Mujer Nº 2 de Alicante

Dirección: Avenida AGUILERA 53

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 965694418

Correo electrónico: alvm02_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 9/2025

NIG: 0301442120251000024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 04/02/2025

Objeto de la publicación edictal:

Citación. Plazo: 12 de mayo a las 10:00 horas

DESTINATARIOS

ABDELALIZ BENZIANE - NIF/NIE: ****2492*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acuerdo:

1.- Admitir a trámite la solicitud de expediente de de jurisdicción voluntaria instado por la progenitora , frente a ABDELAZIZ BENDIANE.

2.- Convocar a las partes a la correspondiente comparecencia que se celebrará el próximo DIA 12 DE MAYO DE 2025 A LAS 10:00 HORAS en la Sala de Audiencias de este Juzgado.Cítese al demandado y Ministerio Fiscal en legal forma.

Al citar a los cónyuges se les advertirá:

1) Que no es preceptiva la intervención de Abogado ni de Procurador para promover y actuar en estos expedientes.

2) Que deben acudir con las pruebas de que intenten valerse.

3) Que si alguno de los interesados fuere a formular oposición deberá hacerlo en los cinco dias siguienes a su citación.

4)La falta de asistencia del solicitante dará lugar al archivo del expediente teniéndole por desistido del mismo. Si no asistiere alguno de los demás citados, se celebraá el acto y continuará el expediente sin más citaciones ni notificacions que las que la ley disponga.

5) La vista se sustanciará por los trámites del juicio verbal, debiendo las partes concurrir con los medios de prueba de que intenten valerse, indicando en el plazo de los CINCO DIAS SIGUIENTES a la citación, las personas que por no poderlas presentar ellas mismas, han de ser citadas para que declaren en calidad de testigos o peritos, solicitando igualmente las pruebas documentales que por no tener acceso al archivo o registro, intenten valerse

Alicante/Alacant, 7 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ARTURO HERNANDEZ BELTRAN

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