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Documento BOE-J-2025-158077

EJIDO (EL). Edicto de 6 de marzo de 2025 en procedimiento civil número 940/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN - ALMERÍA
Referencia:
BOE-J-2025-158077

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de El Ejido

Dirección: Calle OCEANO ATLANTICO 8

Localidad: Ejido (El)

Código Postal: 04700

Provincia: Almería

Teléfono: 950578023

Correo electrónico: AtPublico.UPAD.2.Ejido.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 940/2024

NIG: 0490200120240005782

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 29/01/2025

Objeto de la publicación edictal:

Requerimiento. Plazo: De pago u oposición 10 días, con citación vista y fecha lanzamiento

Notificación. Plazo: decreto admisión demanda, 5 días reposición

DESTINATARIOS

DOUNIA LAQRAA - NIF/NIE: ****8477*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

REQUERIMIENTO JUDICIAL Y CITACION VISTA SI OPOSICION

Autoridad que acuerda el requerimiento: Letrada de la Administración de Justicia U.P.A.D. nº 2 de El Ejido (Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 2).

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.

Persona a la que se requiere: DONIA LAQRAA en concepto de parte demandada.

Plazo de cumplimiento: Diez días hábiles desde la entrega de este documento.

Orden que debe cumplir: Debe Vd. desalojar la finca urbana sita en CL CONSTANTINO Nº 3-3ºB EL EJIDO y pagar a la parte demandante la cantidad reclamada cuyo importe asciende a 3.900 EUROS euros, así como las que se devenguen hasta el desalojo a razón de .

Si Vd. considera que no debe en todo o en parte la cantidad reclamada o quiere realizar alegaciones sobre las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación, debe comparecer en este Juzgado, en el citado plazo de diez días, y formular oposición, exponiendo brevemente las razones que estime oportunas. La falta de oposición supondrá la prestación de su consentimiento a la resolución del contrato de arrendamiento que le vincula con el arrendador.

En caso de OPOSICION SE SEÑALA:

Día y hora en la que debe comparecer:

Para asistir a la vista: El día 09/04/2025 a las 09:25 horas.

Lugar en que debe comparecer: En la sede de este Juzgado, sito en el domicilio arriba indicado, Sala de Vistas Nº 2 (C/ Océano Atlántico, 8).

Para comparecer debe Vd. estar asistido/a de abogado y representado/a por procurador.

Si Vd. pretende enervar el desahucio, deberá pagar en el indicado plazo de diez días la totalidad de lo que deba, o poner a disposición de la parte demandante, consignando en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Tribunal (cuenta número del ) o notarialmente, el importe de las cantidades reclamadas en la demanda y el de las que adeude en el momento de la consignación.

PREVENCIONES LEGALES

Si en el plazo indicado no desaloja el inmueble, ni paga al demandante, ni formula oposición ni enerva el desahucio, se procederá a su inmediato lanzamiento, sin necesidad de notificación posterior y sin celebración de juicio.

Se le informa que si carece Vd. de medios económicos suficientes para litigar, puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita, lo que deberá realizar en el plazo de tres días desde la entrega de este requerimiento. En el mismo plazo podrá pedir la designación de abogado y procurador de oficio. Si realizara dicha solicitud en un momento posterior, la falta de designación de abogado y procurador no suspenderá la celebración del juicio, caso de que proceda su celebración.

Se le hace saber que, para el caso de que no formule oposición, se ha señalado para el lanzamiento el día 10 DE JUNIO DE 2025 A LAS 10:00 HORAS, a las horas.

Antes de dicha fecha, debe Vd. retirar del inmueble las cosas que no sean objeto de la ejecución, advirtiéndole que de no retirarlas, serán consideradas como cosas abandonadas a todos los efectos.

Se le informa que puede Vd. prestar su consentimiento para que se dé traslado a los servicios públicos competentes en materia de política social, por si procediera su actuación.

Se le hace saber que también puede usted acudir a los servicios sociales que constan en el ANEXO adjunto a este documento en el plazo de DIEZ DÍAS y que, en su caso, puede usted autorizar la cesión de sus datos a dichos servicios, a efectos de que estos puedan apreciar la posible situación de vulnerabilidad.

Por último, se le advierte que debe Vd. comunicar a esta Oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso.

Y para que sirva de comunicación y requerimiento a DONIA LAQRAA para el cumplimiento de lo ordenado, extiendo el presente.

En Ejido (El), en el día de la firma.

Ejido (El), 6 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LETICIA SANCHEZ CRUZ

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