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Documento BOE-J-2025-158004

HUELVA. Edicto de 6 de marzo de 2025 en procedimiento civil número 252/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 60, de 11 de marzo de 2025
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - HUELVA
Referencia:
BOE-J-2025-158004

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Huelva

Dirección: Calle ALAMEDA SUNDHEIM 17

Localidad: Huelva

Código Postal: 21003

Provincia: Huelva

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 252/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 24/04/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

MACHA HIDALGO SLU - Nº ****2993*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Se declara terminado el presente proceso monitorio iniciado a instancia de el procurador GEMMA MUÑOZ MINAYA en representación de AIE, el procurador GEMMA MUÑOZ MINAYA en representación de SGAE y el procurador GEMMA MUÑOZ MINAYA en representación de AGEDI, frente a MACHA HIDALGO SLU, en reclamación de 434,30 euros.

2.- Dese traslado a AGEDI, SGAE y AIE para que inste, en su caso, el despacho de ejecución, advirtiéndole que será preceptiva la intervención de abogado/a y procurador/a si la cantidad por la que se pretenda el despacho supera los 2000 euros.

De esta resolución doy cuenta al Órgano Judicial.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de REVISIÓN ante este tribunal, mediante escrito presentado en la Oficina judicial en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, expresando la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá la impugnación (artículo 454 bis de la LEC).

La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículo 454 bis de la LEC).

Para interponer el recurso será necesario la constitución de un depósito de 25 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco Santander con el número 0393000054025223, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” código 01-Revisión. La consignación deberá ser acreditada al interponer el recurso (DA 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Lo decreto y firmo. Doy fe.

Huelva, 6 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARTA GARNICA PEREZ

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