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Documento BOE-J-2025-145045

PALMAS DE GRAN CANARIA (LAS). Edicto de 3 de marzo de 2025 en procedimiento concursal número 24/2009.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - LAS PALMAS
Referencia:
BOE-J-2025-145045

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria

Dirección: Calle MALAGA 2

Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)

Código Postal: 35016

Provincia: Las Palmas

Teléfono: 928116548

Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 24/2009

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/02/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Interesados en el concurso de Fernando Gómez Cáceres y Salvador Domínguez Naranjo con dni nº 43653287T y 43658382N.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 1, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente hace saber que en el procedimiento concursal número 0000024/2009, se ha dictado en fecha 25/02/2025 auto declarando la conclusión del concurso de las personas naturales Fernando Gómez Cáceres y Salvador Domínguez Naranjo, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Se declara la conclusión del concurso de Fernando Gómez Cáceres y Salvador Domínguez Naranjo con dni nº 43653287T y 43658382N, respectivamente, por pago a todos los acreedores, con los siguientes efectos:

1.- Cesarán las limitaciones sobre las facultades de administración y de disposición del concursado, salvo las que se contengan en la sentencia de calificación, y cesará la administración concursal.

2.- Se acuerda el archivo de las actuaciones, sin más excepciones que las establecidas en esta ley.

Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.

Notifíquese esta resolución a las partes.

La resolución que acuerde la conclusión del procedimiento se notificará a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publicándose en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado».

Modo de Impugnación: contra la presente resolución no cabe interponer recurso alguno (art. 481.1 TRLC).

Así lo acuerda, manda y firma D. Guillermo Fernández García, Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Palmas de Gran Canaria (Las), 3 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA

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