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Documento BOE-J-2025-145021

GRANADA. Edicto de 3 de marzo de 2025 en procedimiento concursal número 636/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 56, de 6 de marzo de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2025-145021

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

Correo electrónico: jmercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 636/2024

NIG: 1808742120240021042

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/02/2025

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Los acreedores de la concursada mercantil Zacra Textil S.L.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Alicia Pilar Raya García

Que en el procedimiento concursal número 636.5/2024 referente al/a la concursado/a , por auto de fecha 24/02/2025 se ha acordado lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

1.- APRUEBO las reglas especiales de liquidación expuestas en los fundamentos de derecho precedentes, a las que deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.

2.- Informes trimestrales de liquidación. REQUIERO a la administración concursal para que en el plazo de TRES MESES informe sobre el estado de las operaciones de liquidación. El informe trimestral que se presente transcurrido un año desde la apertura de la fase de liquidación de la masa activa, deberá contener, como anejo, un plan detallado, meramente informativo, del modo y tiempo de la liquidación de aquellos bienes y derechos de la masa activa que todavía no hubieran sido realizados por la administración concursal. En los siguientes informes trimestrales, la administración concursal detallará los actos realizados para el cumplimiento de esa plan o las razones que hubieran impedido ese cumplimiento.

3.- Publicidad. Se ordena dar a la presente resolución la misma publicidad que al auto de declaración del concurso en los términos previstos en los artículos 35, 36 y 37 del TRLC. Hasta que se habilite el portal de liquidaciones concursales del Registro público concursal las reglas especiales de liquidación se publicarán en la sección primera de este registro

Granada, 3 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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