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Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Barcelona
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 935549461
Concursal
Número: 700/2022
Auto
Fecha: 28/02/2025
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: Conclusión concurso consecutivo y aprueba plan de pagos. Cabe recurso de apelación
Concurso consecutivo 700/2022-A. Sr. Fernando Prats Escudero
Dirigido a acreedores
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Barcelona
Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona CP.:08075
TEL: 935549461
Procedimiento: Concurso consecutivo 700/2022-A
Concursado: FERNANDO PRATS ESCUDERO
EDICTO
Santiago García Migue, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Barcelona hago saber que:
En el Concurso consecutivo 700/2022-A se ha dictado un auto por el que se ha declarado concluso el concurso del Sr. FERNANDO PRATS ESCUDERO, con NIF 35099923Z,
La misma resolución, contra la cual cabe interponer recurso de apelación ha aprobado el plan de pagos formulado por el concursado y el cese del cargo de la Administración concursal, aprobándose las cuentas formuladas.
En Barcelona, a 28 de febrero de 2025.
El Letrado de la Administración de Justicia
Los interesados quedan informados de que sus datos personales han sido incorporados al fichero de asuntos de esta Oficina Judicial, donde se conservarán con carácter de confidencial, bajo la salvaguarda y responsabilidad de la misma, dónde serán tratados con la máxima diligencia.
Quedan informados de que los datos contenidos en estos documentos son reservados o confidenciales y que el tratamiento que pueda hacerse de los mismos, queda sometido a la legalidad vigente.
Los datos personales que las partes conozcan a través del proceso deberán ser tratados por éstas de conformidad con la normativa general de protección de datos. Esta obligación incumbe a los profesionales que representan y asisten a las partes, así como a cualquier otro que intervenga en el procedimiento.
El uso ilegítimo de los mismos, podrá dar lugar a las responsabilidades establecidas legalmente.
En relación con el tratamiento de datos con fines jurisdiccionales, los derechos de información, acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación se tramitarán conforme a las normas que resulten de aplicación en el proceso en que los datos fueron recabados. Estos derechos deberán ejercitarse ante el órgano judicial u oficina judicial en el que se tramita el procedimiento, y las peticiones deberán resolverse por quien tenga la competencia atribuida en la normativa orgánica y procesal.
Todo ello conforme a lo previsto en el Reglamento EU 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, en la Ley Orgánica 3/2018, de 6 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales y en el Capítulo I Bis, del Título III del Libro III de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Barcelona, 3 de marzo de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SANTIAGO GARCIA MIGUEL
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