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Documento BOE-J-2025-114681

MÁLAGA. Edicto de 19 de febrero de 2025 en procedimiento concursal número 146/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 47, de 24 de febrero de 2025
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2025-114681

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 639932975

Correo electrónico: carmenm.lopez.martinez@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 146/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 07/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrado de la Administración de Justicia: D. Jose María Casasola Diaz

Que en el procedimiento concursal nº 146/24 y NIG 2906742120240004588 referente al deudor SICAR GLOBAL 2020 S.L.con CIF B02912855 , por auto de fecha 07/05/2024 se ha acordado la CONCLUSION del concurso por inexistencia de masa activa y conceder la EXONERACIÓN DEL PASIVO INSATISFECHO a de manera DEFINITIVA.

La exoneración alcanza a todo el pasivo no satisfecho con la masa activa, salvo aquellos créditos expresamente incluidos en los supuestos de no exoneración del artículo 489 del TRLC. Contra esta resolución cabe recurso de apelación .

A los efectos oportunos se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ del Registro Público Concursal.

Dado en Málaga, a fecha de la firma.

EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.

Málaga, 19 de febrero de 2025.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE MARIA CASASOLA DIAZ

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