Está Vd. en

Documento BOE-J-2024-91387

GIJÓN. Edicto de 15 de febrero de 2024 en procedimiento concursal número 23/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 45, de 20 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2024-91387

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Oviedo

Dirección: Plaza DECANO EDUARDO IBASE S/N

Localidad: Gijón

Código Postal: 33207

Provincia: Asturias

Teléfono: 985176747

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 23/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 01/02/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Dª MARÍA JOSÉ ALONSO GONZÁLEZ, Letrada de la Administración de Justicia del JDO. DE LO MERCANTIL Nº 3 DE GIJÓN, por el presente

HAGO SABER:

1º.- Que, en autos CONCURSO VOLUNTARIO ORDINARIO 23/2024, con N.I.G. 33024 47 1 2024 0000021, seguido en este Órgano Judicial, se ha dictado, con fecha 1/02/24, Auto de declaración de concurso de RAW SUPERDRINK, S.L., con CIF número B-51551959, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Leonardo da Vinci, 61, 33.211 de Gijón.

2º.- Se ha acordado tramitar el presente concurso por el procedimiento especial para microempresas en su modalidad liquidativa, con transmisión de empresa, en base a la oferta vinculante de adquisición de la unidad productiva que se acompaña a la solicitud.

3º.- Se acuerda el mantenimiento de las facultades de Administración y disposición del deudor sobre sus bienes y derechos, aunque solo podrá realizar aquellos actos de disposición que tengan por objeto la continuación de la actividad empresarial. Asimismo, se acuerda la disolución judicial de la deudora.

4º.- Se ha acordado requerir a la deudora, a través de su representación procesal, para que en el plazo improrrogable y preclusivo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de la presente, dirija y remita comunicación electrónica individualizada, con activación del ‘acuse de recibo’, a los acreedores incluidos en el listado que acompaña a la solicitud y cuya dirección electrónica tenga constancia, dando cuenta en el cuerpo del correo tanto del inicio del proceso especial liquidativo como de la relación de documentos correspondiente.

Del mismo modo se les informará que, los acreedores que representen al menos el diez por ciento del pasivo total, podrán solicitar de la administración concursal el ejercicio de la acción rescisoria concursal; y de su legitimación subsidiaria en caso de no ejercitarse; que requerirá en todo caso, y para cualquier legitimado, la presencia de insolvencia actual.

5º.- Se ha acordado requerir al deudor, a través de su representación procesal, para que en el improrrogable y preclusivo plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la notificación de la presente, dirija y remita comunicación electrónica individualizada, con activación del ‘acuse de recibo’, a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) y a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

En Gijón, a quince de febrero de dos mil veinticuatro.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Gijón, 15 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ALONSO GONZALEZ

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid