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Documento BOE-J-2024-91378

ALICANTE/ALACANT. Edicto de 15 de febrero de 2024 en procedimiento concursal número 26/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 45, de 20 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ALICANTE/ALACANT
Referencia:
BOE-J-2024-91378

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Alicante/Alacant

Dirección: Calle ALONA 29

Localidad: Alicante/Alacant

Código Postal: 03007

Provincia: Alicante/Alacant

Teléfono: 965693450

Correo electrónico: alme04_ali@gva.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 26/2024

NIG: 0301466120240000088

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 31/01/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores de Lidia Llor Ortin, con documento de identidad nº 44759176A.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

D. MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLEN Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el art 35 TRLC hago saber:

1.- Que por Auto de fecha 31/01/2024, dictado en el procedimiento de CONCURSO ORDINARIO [CNO] - 000026/2024 y NIG 03014-66-1-2024-0000088 se ha declarado en estado de concurso de acreedores sin masa al deudor LIDIA LLOR ORTIN, con documento de identidad nº 44759176A, y domicilio en Calle Dean Don Antonio Sala, 9, esc. 2, 2ºB -03550- San Juan de Alicante (Alicante), .

2.- La solicitud de concurso fue presentada en fecha 14/01/2024, registrada y repartida a este órgano judicial en fecha 15/01/2024.

3.- Se ordena la publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal de la declaración de concurso, con expresión del pasivo y llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento (5%) del pasivo, a fin de que, en el plazo de QUINCE (15) DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente un informe razonado y documentado sobre los extremos relacionados en el art. 37 ter TRLC.4.- Que desde la declaración de concurso no se pueden iniciar procedimientos de ejecución ni apremios administrativos respecto de créditos concursales, quedando suspendidos los que estén tramitándose, salvo que judicialmente se declare que los bienes trabados no resulten necesarios/afectos para la continuidad de la actividad profesional o empresarial del deudor de conformidad con lo previsto en el art. 142 y ss. TRLC y STCJ de 22 de diciembre 2006, sin que pueda la Administración Tributaria proceder a la aplicación ni compensación de los importes a cuya devolución tenga derecho la concursada (STCJ 25 de junio de 2007).

Alicante/Alacant, 15 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLEN

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