Juzgado de lo Mercantil Nº 12 de Barcelona
Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio C) 111
Localidad: Barcelona
Código Postal: 08075
Provincia: Barcelona
Teléfono: 930002311
Correo electrónico: mercantil12.barcelona@xij.gencat.cat
Concursal
Número: 477/2021
NIG: 0801947120218004534
Diligencia
Fecha: 05/02/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Concurso de la empresa División Textil, S.L.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
Rosalia Osorio Tenorio , la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 12 de Barcelona hago saber que:
En el procedimiento indicado, el día 5 de febrero de 2024 se ha dictado una resolución con el tenor literal siguiente:
DILIGENCIA DE ORDENACIÓN
Letrada de la Administración de Justicia que la dicta: Rosalia Osorio Tenorio
Lugar: Barcelona
Fecha: 5 de febrero de 2024
El anterior escrito presentado por la administración concursal en el que solicita la conclusión de concurso y aporta la rendición de cuentas e informe final de liquidación , queda incorporado al procedimiento.
Acuerdo que el informe final presentado por la administración concursal quede de manifiesto en la Oficina judicial para conocimiento de las personas interesadas.
Conforme al art. 478.3 LC acuerdo remitir el escrito de rendición de cuentas al Registro público concursal.
Y que se anuncie por medio de un edicto que se insertará en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) .
Dese traslado a las partes personadas a los efectos legales oportunos.
Dentro de los QUINCE días siguientes a esta puesta de manifiesto del informe final Y escrito de rendición de cuentas, la parte concursada y las partes personadas podrán formular oposición.
Modo de impugnación: recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de CINCO días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).
Barcelona, 9 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, NOELIA OLTRA HERNANDEZ
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid