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Documento BOE-J-2024-72228

MADRID. Edicto de 5 de febrero de 2024 en procedimiento civil número 109/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 36, de 10 de febrero de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-72228

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 109/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 21/12/2023

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilacion

DESTINATARIOS

Ivan Manuel Garcia Rincón y Juan Sebastian Saez Rodriguez

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO Dña. ADELA MORENO BLANCO, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 01 de Madrid hace saber: 1.- Que en el concurso ordinario 109/2023, por auto de fecha 21/12/2023 , se ha declarado en concurso voluntario, , a D.Juan Sebastián Saénz Rodríguez y D.Iván Manuel García Rincón con domicilio en Plaza La Plazuela, nº 13, Villalbilla (Madrid), con NIF números 51.750.032 y 30.213528-S, respectivamente. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 a 258 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es Dña Pilar López Barrau, con domicilio postal en C/Bárbara de Braganza nº 11 de Madrid, y dirección electrónica plopez@dictumabogados.com ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 5 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ADELA MORENO BLANCO

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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid