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Juzgado de lo Mercantil nº 18 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Concursal
Número: 523/2024
Auto
Fecha: 18/12/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: .
Acreedores de D. Sebastian Vasile Rosculet
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
DÑA. MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA, LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 18 DE MADRID, ANUNCIA 1º Que en el Concurso ordinario 523/2024 por Auto de fecha 19/12/2024 se ha decretado la conclusión del concurso cesando todos los efectos de la declaración. 2º Se ha reconocido el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (arts. 489.1.5 y 489.3 del TRLC) al deudor, D. SEBASTIAN VASILE ROSCULET con NIE X8601546Y. La exoneración será definitiva y alcanza a la totalidad del pasivo concursal no satisfecho por los concursados, salvo el excluido en el artículo 489.2 TRLC. Queda excluido el crédito que ostenta la TGSS, en la cuantía que resulte conforme a lo dispuesto en los razonamientos jurídicos arriba referenciados. Los créditos afectados serán los existentes a fecha de este auto. El pasivo no satisfecho se debe considerar extinguido (salvo la deuda no exonerable), sin perjuicio del régimen de revocación previsto en el art. 493 TRLC. Los acreedores afectados por la exoneración no podrán iniciar ningún tipo de acción frente al deudor para el cobro de los mismos (art. 491 TRLC). La exoneración, supone la extinción de los créditos a los que alcanza la declaración, sin que alcance a los obligados solidarios, fiadores, avalistas, aseguradoras y quienes, por disposición legal o contractual, tenga la condición de satisfacer la deuda afectada por la exoneración.
Madrid, 19 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA
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