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Documento BOE-J-2024-72038

TORRENT. Edicto de 6 de febrero de 2024 en procedimiento civil número 1216/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - VALENCIA/VALÈNCIA
Referencia:
BOE-J-2024-72038

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Torrent

Dirección: Plaza DE LA LIBERTAD 3

Localidad: Torrent

Código Postal: 46900

Provincia: Valencia/València

Teléfono: 961927606

Correo electrónico: topi02_val@gva.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 1216/2022

NIG: 4624442120220006556

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 22/11/2022

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento. Plazo: Veinte dias

DESTINATARIOS

JESUS MARTINEZ GARCIA - NIF/NIE: ***4660**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Acuerdo:

- Admitir a trámite la demanda y documentación presentada por el Procurador de los tribunales, Sra. PUCHADES CASTAÑOS, ANA LUISA, en nombre y representación de ALONDRA SERVICIOS INMOBILIARIOS, S.LC., frente a MUEBLES ALACUAS S. COOP. VALENCIANA, RAMON ROSELLO AUCEJO, JULIA JIMENEZ LLOVERA, JOAQUIN BARBERA RUIZ, ENCARNACION ROSELLO AUCEJO, ARTURO PASCUAL FOLCH BORONAT, ROSA MAS MARTINEZ, JESUS MARTINEZ GARCIA, Mª TERESA MONTORO ANDRES, JOSE RONDA MARTINEZ, CARMEN BARRAGAN MORENO y DISUIN S.A.

- Sustanciar el proceso por las reglas del juicio ordinario.

- Emplazar a la parte demandada con traslado de la demanda y documentación acompañada, para que la conteste/n en el plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, con las siguientes prevenciones:

- Apercibir a la parte demandada que si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal (artículo 496.1 L.E.C.).

- Advertir a la parte demandada que la comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador y con asistencia de abogado (artículos 23 y 31 de la L.E.C.).

Llévese a efecto el emplazamiento de la parte demandada en el domicilio señalado por la parte actora, para lo cual el Letrado A. Justicia librará los despachos correspondientes.

Torrent, 6 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE DAVID SEVILLA GARCIA

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