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Documento BOE-J-2024-720270

JEREZ DE LA FRONTERA. Edicto de 19 de diciembre de 2024 en procedimiento civil número 120/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 311, de 26 de diciembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA - CÁDIZ
Referencia:
BOE-J-2024-720270

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Jerez de la Frontera

Dirección: Avenida TOMAS GARCIA FIGUERAS 14

Localidad: Jerez de la Frontera

Código Postal: 11407

Provincia: Cádiz

Teléfono: 956104069

Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.4.Jerez.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 120/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 24/06/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 24/06/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

DANIEL GOMEZ MEJIJAS - NIF/NIE: ****0122*

MARTA SILVANA SALGADO - NIF/NIE: ****0389*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.- Se dicta orden general de ejecución y se despacha la misma a favor de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS LOS PINOS 11, contra DANIEL y MARTA, parte ejecutada. La ejecución se despacha contra los deudores de forma mancomunada.

2.- La ejecución se despacha por la cantidad de X euros de principal, que desde hoy devengará el interés legal del dinero elevado en dos puntos, más la de X euros en concepto de intereses y euros de costas, sin perjuicio esta última cantidad de ulterior liquidación

1.- Se decreta el embargo, como propiedad del ejecutado DANIEL y MARTA y en cuanto se estiman bastantes para cubrir las cantidades por las que se ha despachado ejecución de los bienes siguientes:

- Cuentas corrientes

- Saldos bancarios

2 .- Apercíbase a la parte ejecutada que si incumple de manera reiterada su obligación de pago de la pensión puede ser sancionada con multas coercitivas, sin perjuicio de hacer efectivas las cantidades debidas y no satisfechas sobre su patrimonio

Jerez de la Frontera, 19 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, WENCESLAO PLAZA CARRERO

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