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Documento BOE-J-2024-717985

GRANADA. Edicto de 19 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 926/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 311, de 26 de diciembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-717985

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958058997

Correo electrónico: JMercantil.1.Granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 926/2024

NIG: 1808742120240030886

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

"a los acreedores"

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1.º- Que en el procedimiento número 926/2024, NIG n.º 1808742120240030886, por auto de 17/12/2024 se ha declarado en concurso voluntario al/a la deudor/a, cuya parte dispositiva literalmente dice ::

1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer de la declaración y trámite del concurso solicitado por el/la Procurador Dñª. Ángeles Alcántara Gutiérrez en nombre y representación del deudor, Dñª. Hanane Sougdali. Incoándose el procedimiento de que es objeto, se tendrá por parte a dicho Procurador en la referida representación que acredita, entendiéndose con él las sucesivas notificaciones y diligencias en la forma establecida en la ley.

2.- Se declara en concurso de acreedores a Dñª. Hanane Sougdali, con NIE nº X-3.795.559-F, que tendrá el carácter de CONCURSO VOLUNTARIO y SIN MASA.

3.- El pasivo correspondiente al concursado Dñª. Hanane Sougdali asciende, según la documental aportada, a los 122.964,10 €.

4.- Remítase telemáticamente un edicto de la presente resolución al BOE, para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único. Asimismo, publíquese en el Registro Público Concursal.

5.- Por este acto, se llama a los acreedores del concursado, Dñª. Hanane Sougdali, que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo antes referido a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:

1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.

3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

Granada, 19 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PIEDAD LLOR MADRID

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