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Documento BOE-J-2024-717978

GRANADA. Edicto de 19 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 671/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 311, de 26 de diciembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GRANADA
Referencia:
BOE-J-2024-717978

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Granada

Dirección: Avenida DEL SUR 3

Localidad: Granada

Código Postal: 18014

Provincia: Granada

Teléfono: 958209026

Correo electrónico: mercantil.2.granada.jus@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 671/2023

NIG: 1808742120230025552

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 17/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Ignorados acreedores de Carlos Ruben Barrios

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO

Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Alicia Pilar Raya García

Que en el procedimiento concursal número 671/2023 en el que figura como concursado/a , D. CARLOS RUBEN BARRIOS , se ha dictado el 17/12/2024 auto que declara concluso el concurso cuya parte dispositiva es del tenor literal siguientes:

Acordar la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de CARLOS RUBEN BARRIOS , por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa.

Contra esta resolución no cabe recurso (481 TRLC).

Se acuerda la exoneración de la totalidad de las deudas que conforman el pasivo insatisfecho del deudor CARLOS RUBEN BARRIOS , en los términos del fundamento jurídico quinto de la presente resolución.

Contra esta resolución cabe recurso de reposición (546 TRLC).

Se acuerda la publicación de la presente resolución en el Registro Público Concursal.

Líbrese el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución a los acreedores que constan en la solicitud de concurso, a los efectos del art. 492 ter TRLC.

Así lo acuerda, manda y firma la Ilm. Sr. D. Víctor Moreno Velasco, Magistrado-Juez adscrito al Juzgado de lo Mercantil nº2 de Granada

DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo acordado. Doy fe.

Granada, 19 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA PILAR RAYA GARCIA

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