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Documento BOE-J-2024-717014

MADRID. Edicto de 16 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 618/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 309, de 24 de diciembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-717014

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 618/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 12/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: -

DESTINATARIOS

ANDREU MERA, RAQUEL - Nº ***4584**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O Dª. Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Admón. Justicia del Juzgado Mercantil número 19 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso número de autos 618/2024, por Auto de 12/12/2024, se ha declarado en concurso voluntario, a Dña. RAQUEL ANDREU MERA., con NIF nº 32845842W, y domiciliado en Plaza Ribadeo, 4, 1, 1, 28029 de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es la del abogado D. Alexis A. Hebert Jover, con domicilio postal en C/Portugal, 8, entresuelo derecha, 03003 de Alicante y dirección electrónica alexisjover@amsconsultores.net , ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio conforme al artículo 406 del TRLC y se ha abierto la fase de liquidación.

Madrid, 16 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ

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