Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Córdoba
Dirección: Calle ISLA MALLORCA s/n
Localidad: Córdoba
Código Postal: 14011
Provincia: Córdoba
Teléfono: 957745095
Correo electrónico: JInstancia.2.Cordoba.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 786/2023
Decreto
Fecha: 30/10/2023
Objeto de la publicación edictal:
Requerimiento. Plazo: veinte dias
ANTONIO AVENDAÑO MORALES - NIF/NIE: ***3199**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sede.justicia.juntadeandalucia.es/).
EDICTO
En el procedimiento referenciado se ha acordado entregar a la parte demandada la cédula cuyo texto literal es el siguiente:
REQUERIMIENTO JUDICIAL
Autoridad que acuerda el requerimiento: Letrado de la Administración de Justicia Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Córdoba.
Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.
Persona a la que se requiere: ANTONIO AVENDAÑO MORALES con domicilio en CL ALGECIRAS, 16 BAJO-C 14013 Córdoba (CÓRDOBA) España.
Orden que debe cumplir: Pagar a COM. DE PROP.C/ ALGECIRAS, Nº 16. la cantidad de 6.008,29 euros, debiendo acreditar ante este Juzgado haber realizado el pago.
En el caso de que realice el pago a través del Juzgado, debe ingresar el importe en la cuenta abierta con el número ES55-0049-3569-9200-0500-1274, debiendo poner en el concepto la siguiente numeración: 1437-0000-08-0786-23.
Plazo para el cumplimiento de lo ordenado: Veinte días hábiles, computados desde el siguiente a este requerimiento.
PREVENCIONES LEGALES
1.ª) En el mismo plazo de veinte días puede, en vez de pagar, comparecer ante el Juzgado y alegar de forma fundada y motivada, en escrito de oposición, las razones por las que, a su entender, no debe en todo o en parte la cantidad reclamada.
El escrito debe ir firmado por abogado/a y procurador/a si la cantidad reclamada excede de 2000 euros.
2.ª) Si en el referido plazo de veinte días no acredita en el Juzgado haber pagado al/a la acreedor/a, ni comparece en el Juzgado alegando las razones de su negativa al pago, se despachará ejecución contra sus bienes, si así lo solicita el/la acreedor/a (artículo 816 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).
En Córdoba, en el día de la firma.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
ANTONIO AVENDAÑO MORALES
CL ALGECIRAS, 16 BAJO-C 14013 Córdoba (CÓRDOBA) España
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte Demandado: ANTONIO AVENDAÑO MORALES, por resolución de 12 de diciembre de 2024, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios de la oficina judicial para llevar a efecto la diligencia de requerimiento.
En Córdoba, en el día de la firma.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Córdoba, 17 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JESUS MARIA TORRES GARCIA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid