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Documento BOE-J-2024-710181

SANTIAGO DE COMPOSTELA. Edicto de 17 de diciembre de 2024 en procedimiento en materia social número 357/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 306, de 20 de diciembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - A CORUÑA
Referencia:
BOE-J-2024-710181

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 4 de Santiago de Compostela

Dirección: Calle BERLÍN S/N

Localidad: Santiago de Compostela

Código Postal: 15007

Provincia: A Coruña

Teléfono: 881996233

Correo electrónico: antonio.ayaso.reiriz@xustiza.gal

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 357/2023

NIG: 1507844420230001393

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 16/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

ADRIAN PRADA RODRIGUEZ

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 4 DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

EDICTO (IAA 357/23).

Yo, Belén Menéndez Medel, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social número 4 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de Impugnación Actos Administración 357/23 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de FREMAP MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL, Tercer interesado D. ADRIÁN PRADA RODRÍGUEZ, contra DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES LABORALES DE LA CONSELLERÍA DE PROMOCIÓN DO EMPREGO E IGUALDADE DE LA XUNTA DE GALICIA, sobre Impugnación de actos administrativos en materia laboral y de seguridad social, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, notificar el siguiente DECRETO:

Letrada de la Administración de Justicia

Dª. BELEN MENENDEZ MEDEL.

En SANTIAGO DE COMPOSTELA, a 16 de diciembre de 2024.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- FREMAP MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL, presentó demanda contra DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES LABORALES DE LA CONSELLERÍA DE PROMOCIÓN DO EMPREGO E IGUALDADE DE LA XUNTA DE GALICIA, y, lo que dio lugar a la incoación del Impugnación Actos Administración 357/23.

SEGUNDO.- La parte demandante ha presentado escrito el 22/11/2024 en el que desiste de la demanda; que se comunicó a la parte contraria sin que haya efectuado alegación alguna sobre el desistimiento.

TERCERO.- Por resolución de fecha 22/11/2024 se dio traslado a la parte contraria y al Ministerio Fiscal, mostrando su conformidad.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo:

Tener por desistida a la parte demandante FREMAP MUTUA COLABORADORA CON LA SEGURIDAD SOCIAL de su demanda frente a DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES LABORALES DE LA CONSELLERÍA DE PROMOCIÓN DO EMPREGO E IGUALDADE DE LA XUNTA DE GALICIA.

Archivar las actuaciones una vez que sea firme la presente resolución.

Incorpórese el original al Libro de Decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

El contenido íntegro de dicha resolución se encuentra disponible para las partes en las dependencias de esta oficina judicial.

Y para que sirva de citación a D. ADRIÁN PRADA RODRÍGUEZ, en paradero desconocido, se expide la presente cédula para su publicación en el Tablón Edictal Judicial Único (TEXU).

En SANTIAGO DE COMPOSTELA, a dieciséis de diciembre de dos mil veinticuatro.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Santiago de Compostela, 17 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, BELEN MENENDEZ MEDEL

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