Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 3 de Xativa
Dirección: Plaza TRINIDAD 5
Localidad: Xàtiva
Código Postal: 46800
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 963188663
Correo electrónico: xami03_val@gva.es
Civil
Número: 138/2024
NIG: 4614541120240000467
Decreto
Fecha: 11/04/2024
Objeto de la publicación edictal:
Emplazamiento. Plazo: 10 dias háblies
VICTOR RAMON BARBERA - NIF/NIE: ***3733**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Admitir a trámite la demanda presentada por el Procurador de los tribunales, Sr./a. BONET a instancia de A******+, frente a V********, que se sustanciará por las reglas previstas para los juicios verbales.
2.- Dar traslado de la demanda al demandado para que la conteste por escrito en el plazo de DIEZ DIAS HÁBILES, apercibiéndole de que, en caso de no comparecer dentro del plazo, se le declarará en situación de rebeldia procesal conforme al artículo 496 LEC.
3.- Advertir al demandado que para contestar a la demanda requerirá Abogado y Procurador si la cuantía supera los 2.000 euros. Caso en que no sea precisa su intervención, podrá utilizar para contestar a la demanda el impreso normalizado que está a su disposición en el Juzgado.
4.- Advertir igualmente al demandado que en su escrito de contestación, deberá pronunciarse, necesariamente, sobre la pertinencia de la celebración de la vista. Igualmente, el demandante deberá pronunciarse sobre ello en el plazo de tres días desde el traslado del escrito de contestación. Si ninguna de las partes la solicitase y el tribunal no considerase procedente su celebración, dictará sentencia sin más trámites.
MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante el Ltdo. Admon de Justicia que lo dicta.
PROTECCIÓN DE DATOS: Conforme y siéndole aplicable la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre , de protección de datos de carácter personal, ly demás legislación vigente en la materia, los datos contenidos en la presente resolución y en su caso documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.
Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
EL/LA LTDO/A. ADMON JUSTICIA
Xàtiva, 16 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, JOSE VICENTE MENGUAL GOMIS
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid