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Documento BOE-J-2024-706575

MADRID. Edicto de 11 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 286/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 305, de 19 de diciembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-706575

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 286/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: sin dilación

DESTINATARIOS

RODRIGUEZ ROMERO, MANUEL - Nº ***1824**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Edicto Yolanda Peña Jiménez, Letrado Administración Justicia, Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid. ANUNCIA 1.- Que en el Concurso 286/2024, por Auto de fecha 11/12/2024, se ha declarado en concurso voluntario a Manuel Rodríguez Romero, con DNI número 51918241L, y domicilio en Calle Sierra Carbonera, 2, 04, G de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 255 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración Concursal es la abogada María José Moragas Monteserin, con domicilio postal Calle Fontanella, número 21, 2º, 2º, 08010 Barcelona, teléfono 933012022, correo electrónico mj.moragas@pich.bnfix.com, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 256 y 257 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 11 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ

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