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Documento BOE-J-2024-706541

GIRONA. Edicto de 13 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 726/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 305, de 19 de diciembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - GIRONA
Referencia:
BOE-J-2024-706541

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Girona

Dirección: Plaza Josep Maria Lidón Corbí 1

Localidad: Girona

Código Postal: 17001

Provincia: Girona

Teléfono: 872660663

Correo electrónico: mercantil2.girona@xij.gencat.cat

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 726/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 11/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: Auto conclusión y conc. EPI cabe Rec. Reposición 5 días desde publicación de este edicto.

DESTINATARIOS

JUDITH GARCIA GONZALEZ - NIF/NIE: ***3181**

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Alicia De La Torre Duñaiturria , la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgadode lo Mercantil nº 2 de Girona hago saber que:En el Concurso sin masa 726/2024 se dictó un auto por el que se ha declarado conclusoel concurso de Judith Garcia Gonzalez, con NIF 41531814R, con domicilio en CalleCALLE PROFESSOR DR. JOSEP TRUETA No 14 PLANTA 1 PU 14, 17246 – Girona.Se acuerda el archivo de las actuaciones por AUTO DE CONCLUSIÓN CONEXONERACIÓN DEFINITIVA DEL PASIVO INSATISFECHO Nº 778/2024 , DEFECHA 11 de diciembre de 2024.En la misma resolución, se requiere a los acreedores afectados para que comuniquen laexoneración a los sistemas de información crediticia a los que previamente hubieraninformado del impago o mora de deuda exonerada para la debida actualización de susregistros.El procurador de la concursada se encargará de remitir a cada acreedor el presenteauto. El Juzgado no remitirá ningún oficio o mandamiento.Así como, si dentro del plazo de cinco años aparecen nuevos bienes o derechos de laparte concursada, se estará a lo dispuesto en el art. 503 y ss. TRLCEn Girona, a 12 de diciembre de 2024.La Letrada de la Administración de Justicia

Girona, 13 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ALICIA DE LA TORRE DUÑAITURRIA

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