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Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña
Dirección: Plaza JUEZ ELIO 1 4
Localidad: Pamplona/Iruña
Código Postal: 31011
Provincia: Navarra
Teléfono: 848426823
Correo electrónico: juzgado.mercantil2@navarra.es
Concursal
Número: 542/2024
NIG: 3120147120240000696
Auto
Fecha: 28/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Emplazamiento. Plazo: 15 días desde publicación
Acreedores interesados en el concurso voluntario de acreedores de D. ARKAITZ PAJARES VILLANDIEGO.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
El juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Pamplona/Iruña
ANUNCIA
Que en el procedimiento concursal CONCURSO VOLUNTARIO número 0000542/202, con NIG nº 3120147120240000696 referente al concursado ARKAITZ PAJARES VILLANDIEGO con NIF 72692974W, con domicilio en Mutilva –Navarra, con fecha de presentación de la solicitud el 14 de octubre del 2024 a las 14:02 horas y fecha de reparto 15 de octubre, por auto de fecha 28 de noviembre del 2024 se ha acordado la declaración del concurso de acreedores voluntario que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la Sección 4ª del Capítulo V del Libro Primero del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre, cuya parte dispositiva dice así:
PARTE DISPOSITIVA
1. Se declara la competencia objetiva y territorial de este Juzgado para conocer de la solicitud de concurso presentada por el procurador D. Bartolome Canto en nombre y representación del deudor, persona física, D. ARKAITZ PAJARES VILLANDIEGO, con NIF 72692974W, soltero.
2. Se declara el concurso de acreedores voluntario de D. ARKAITZ PAJARES VILLANDIEGO, con NIF 72692974W, que se seguirá por los trámites del concurso sin masa de la sección cuarta, en el capítulo V, del Libro I del TRLC.
3. El pasivo asciende a 380.395,09 €.
4. Remítase esta resolución, por medio de edicto, directa y telemáticamente por este Juzgado al Tablón Edictal Judicial Único (TEJU), conforme dispone el artículo 37 bis del TRLC, para su publicación electrónica en el TEJU del BOE y en el Registro Público Concursal.
5. Procédase a la anotación en el Registro Civil de Pamplona, la declaración de concurso, con indicación del órgano judicial que la ha dictado, el carácter de la resolución y la fecha de su dictado conforme al artículo 36.1 TRLC y 557.1 TRLC, y una vez firme se procederá a su inscripción.
6. Notifíquese esta resolución por medios telemáticos, a la Hacienda Tributaria de Navarra, a la Agencia Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.
Póngase igualmente en conocimiento la existencia del presente procedimiento concursal a los acreedores a través de los medios telemáticos y en las direcciones otorgadas por el concursado.
7. Líbrese oficio al Juzgado de lo penal nº 3 de Pamplona a fin de comunicarle la presente resolución , a los efectos de los arts. 136, 137, 142, 143, 144 y ss del texto refundido de la Ley Concursal reformado por Ley 16/2022, de 5 de septiembre.
8. Llámese al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos contenidos en el artículo 37 ter TRLC.
9. Notifíquese al concursado esta resolución haciéndole saber que podrá presentar solicitud de exoneración del pasivo insatisfecho dentro de los diez días siguientes a contar desde el vencimiento del plazo para que los acreedores legitimados puedan solicitar el nombramiento de administrador concursal sin que lo hubieran hecho.
Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá presentarse por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de CINCO DÍAS contados desde el siguiente a su notificación (Art. 546 TRLC).
DEPÓSITO PARA RECURRIR: Deberá acreditarse en el momento de la interposición del recurso haber consignado en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano abierta en BANCO SANTANDER con el numero 5669000052054224, la suma 25 EUROS con apercibimiento que de no verificarlo no se admitirá a trámite el recurso pretendido, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.
Así lo acuerda, manda y firma D. ROBERTO SIERRA GABARDA, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil Nº2 de Pamplona. Doy fe.
Pamplona/Iruña, 13 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AIDA GONZÁLEZ ARCE
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