Contingut no disponible en català
Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla
Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41018
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955516033
Correo electrónico: AtPublico.JInstancia.4.Sevilla.JUS@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 2320/2023
Decreto
Fecha: 30/11/2023
Objeto de la publicación edictal:
Requerimiento
JERONIMO LUIS LAGO ALGARIN - NIF/NIE: ***3986**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
DECRETO
Letrada de la Administración de Justicia: D.ª Cecilia Carande Cameno
En Sevilla, a la fecha de su firma electrónica
ANTECEDENTES DE HECHO
Único.- Por el procurador JULIO PANEQUE CABALLERO en representación de CCPP SANTA CLARA 59, se ha presentado solicitud inicial de proceso monitorio frente a JERONIMO LUIS LAGO ALGARIN, con domicilio en Calle Santa Clara nº 59, bajo C -Sevilla , en reclamación de 997,38 euros.
La solicitud ha quedado registrada con el número 2320/2023.
Acompaña certificación del acuerdo de la junta de propietarios aprobando la liquidación de la deuda con la comunidad.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PARTE DISPOSITIVA
1.- Se admite a trámite la solicitud de proceso monitorio presentada por el procurador JULIO PANEQUE CABALLERO en representación de CCPP SANTA CLARA 59, frente a JERONIMO LUIS LAGO ALGARIN.
2.- Requiérase a JERONIMO LUIS LAGO ALGARIN, para que en el plazo de veinte días pague al/a la peticionario/a la cantidad de 997,38 euros, acreditándolo ante el Tribunal, o comparezca ante éste y alegue de forma fundada y motivada, en escrito de oposición, las razones por las que, a su entender, no debe en todo o en parte, la cantidad reclamada.
En dicho escrito podrá solicitar la celebración de vista.
Hágasele saber que aunque pague o no comparezca ante el Tribunal, deberá también pagar los honorarios y derechos devengados con la solicitud por el abogado y el procurador, con los límites establecidos en el apartado Tercero del artículo 394 de la LEC (artículo 21.6 LPH).
3.- Adviértase a la parte deudora que el escrito de oposición habrá de estar firmado por abogado/a y procurador/a, si la cantidad reclamada excede de 2000 euros.
Caso de oponerse, la comunidad de propietarios podrá solicitar el embargo preventivo de sus bienes, en cantidad suficiente para hacer frente a la suma reclamada, intereses y costas.
4.- Adviértase al/a la deudor/a que, de no pagar ni comparecer alegando las razones de la negativa, se despachará ejecución contra él/ella si así lo solicita el acreedor (artículo 816 de la LEC).
5.- Notifíquese el requerimiento en el domicilio previamente designado por el/la deudor/a para las notificaciones y citaciones de toda índole relacionadas con los asuntos de la comunidad de propietarios. Si no se hubiere designado tal domicilio, se intentará la comunicación en el piso o local, y si tampoco pudiera hacerse efectiva de este modo, se le notificará conforme a lo dispuesto en el artículo 164 de la LEC (artículo 815.2 de la LEC).
En el acto del requerimiento dese traslado a la parte deudora, mediante entrega de las respectivas copias, de la solicitud y de los documentos acompañados.
De esta resolución doy cuenta al Órgano Judicial.
Lo decreto y firmo:
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
REQUERIMIENTO JUDICIAL
Autoridad que acuerda el requerimiento: Letrada de la Administración de Justicia Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla.
Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.
Persona a la que se requiere: JERONIMO LUIS LAGO ALGARIN con domicilio en CL SANTA CLARA, Nº 59 BAJO C Sevilla (SEVILLA) España.
Orden que debe cumplir: Pagar a CCPP SANTA CLARA 59 la cantidad de 997,38 euros, debiendo acreditar ante este Juzgado haber realizado el pago.
En el caso de que realice el pago a través del Juzgado, debe ingresar el importe en la cuenta abierta en el BANCO SANTANDER con el número ES55 0049 3569 9200 0500 1274 poniendo en concepto 4000 0000 08 232023 .
Plazo para el cumplimiento de lo ordenado: Veinte días hábiles, computados desde el siguiente a este requerimiento.
PREVENCIONES LEGALES
1.ª) En el mismo plazo de veinte días puede, en vez de pagar, comparecer ante el Juzgado y alegar de forma fundada y motivada, en escrito de oposición, las razones por las que, a su entender, no debe en todo o en parte la cantidad reclamada.
El escrito debe ir firmado por abogado/a y procurador/a si la cantidad reclamada excede de 2000 euros.
En dicho escrito podrá solicitar la celebración de vista.
2.ª) Si en el referido plazo de veinte días no acredita en el Juzgado haber pagado al/a la acreedor/a, ni comparece en el Juzgado alegando las razones de su negativa al pago, se despachará ejecución contra sus bienes, si así lo solicita el/la acreedor/a (artículo 816 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).
En Sevilla, en el día de la firma.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.
Y como consecuencia del ignorado paradero de JERONIMO LUIS LAGO ALGARIN, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
SEVILLA a diez de diciembre de dos mil veinticuatro.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Sevilla, 10 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid