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Documento BOE-J-2024-69479

BARCELONA. Edicto de 6 de febrero de 2024 en procedimiento en materia social número 529/2022.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 35, de 9 de febrero de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO SOCIAL - BARCELONA
Referencia:
BOE-J-2024-69479

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Social Nº 29 de Barcelona

Dirección: Avenida DE LES CORTS CATALANES (edificio S) 111

Localidad: Barcelona

Código Postal: 08075

Provincia: Barcelona

Teléfono: 938874568

PROCEDIMIENTO

Social

Número: 529/2022

NIG: 0801944420228026403

RESOLUCIÓN PROCESAL

Decreto

Fecha: 06/07/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Providencia

Fecha: 06/07/2022

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 18/07/2023

Objeto de la publicación edictal:

Citación. Plazo: Juicio 28/02/2024 a las 09:50 horas

DESTINATARIOS

BIOFITNESS SL - NIF/NIE: B62635982

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

Citación acto de juicio el día 28/02/2024 a las 09:50 horas.

Modo de impugnación (decreto y diligencia de ordenación): recurso de REPOSICIÓN ante la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de TRES días contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 186 y 187 de la LRJS).

Modo de impugnación (providencia): recurso de REPOSICIÓN ante el Magistrado del Juzgado, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de TRES días contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 186 y 187 de la LRJS).Además, se debe constituir en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de éste Órgano judicial, el depósito de 25 euros a que se refiere la DA 15ª de la LOPJ reformada por la LO 1/2009, de 3 de noviembre.

Barcelona, 6 de febrero de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA DEL PUY BUSTILLO CHOCARRO

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