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Documento BOE-J-2024-691370

MADRID. Edicto de 9 de diciembre de 2024 en procedimiento concursal número 662/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 299, de 12 de diciembre de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-691370

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de Madrid

Dirección: Calle GRAN VÍA 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

Teléfono: 914930562

Correo electrónico: mercantil4@madrid.org

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 662/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 02/12/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Harbest market 2020 SL, B 01824630

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

EDICTO D./Dña. MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Letrado/a de laAdministración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid hace saber:

Que en el concurso ordinario 662/2024, por auto de fecha 2/12/2024, se ha declarado en concurso voluntario, a HARBEST MARKET 2020 S.L, con nº de identificación B01824630, cuya parte dispositiva tiene el siguiente tenor literal

1.-DECLARO EN CONCURSO VOLUNTARIO a la mercantil HARBESTMARKET 2020 S.L., CIF B 01824630, La sociedad tiene su domicilio social Madrid,Calle Monte Esquinza nº 26, 1º izda, 28010 Madrid.La sociedad está inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Hoja M-723509, Tomo40782, Folio 50, inscripción 1ª.

2. Considero que EXISTE CONCURSO SIN MASA.El pasivo importa la cantidad de 1.352.982,44 euros

3. Remítase esta resolución, de forma telemática, al BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO para su publicación en el suplemento del tablón edictal judicial único.Procédase, asimismo, a su publicación, en el REGISTRO PÚBLICO CONCURSAL.En ambos casos con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo a fin de que, en el plazo de QUINCE DÍAS a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:

1. Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.

2. Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.

3. Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.

4. Si dentro del mencionado plazo ningún legitimado formula esa solicitud, se dictará auto de conclusión del concurso con los efectos previstos en el art. 485 TRLC.

5. Notifíquese esta resolución al deudor y, en su caso, a las partes comparecidas y a la representación legal de las personas trabajadoras si el concursado fuera empleador, asícomo a la Agencia Estatal de Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social.

6. Expídase por el Letrado de la Administración de Justicia mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valladolid, al que se adjuntará testimonio de esta resolución,para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso.

7. Fórmese la sección 1ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor.

8. Este auto producirá efectos inmediatos y tendrá fuerza ejecutiva, aunque no sea firme(art. 32).Contra la presente resolución cabe interponer recurso de REPOSICIÓN en el plazo decinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 2229-0000-52-0662-24 de estaOficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en BANCO DE SANTANDER.

EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid, 9 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JESUS RODRIGUEZ FERNANDEZ

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