Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Sevilla
Dirección: Calle VERMONDO RESTA S/N Edificio Viapol
Localidad: Sevilla
Código Postal: 41018
Provincia: Sevilla
Teléfono: 955516033
Correo electrónico: jinstancia.4.sevilla.jus@juntadeandalucia.es
Civil
Número: 1019/2023
NIG: 4109142120230028186
Sentencia
Fecha: 08/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
OSCAR GABRIEL PINTO CALLEJAS - NIF/NIE: ****5379*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO
En el referido juicio se ha dictado sentencia nº 336/2024 de fecha 12/11/2024 poniendo fin al proceso, cuya encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 336/2024
En Sevilla, a doce de noviembre de dos mil veinticuatro.
Han sido vistos por FRANCISCO JAVIER MILLÁN BERMÚDEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Sevilla y su Partido, los presentes autos de JUICIO VERBAL seguidos en este Juzgado con nº 1019/23 a instancia de la mercantil TRIVE CREDIT SPAIN, S.L., representada por la Procuradora doña Cintia Leonor Velázquez Carrasco, contra D. ORCAR GABRIEL PINTO CALLEJAS, con NIE nº X9505379P, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, en los que se ha dictado la presente en base a los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
FALLO
Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Velázquez Carrasco, en nombre y representación de la mercantil TRIVE CREDIT SPAIN, S.L., contra D. ORCAR GABRIEL PINTO CALLEJAS, con NIE nº X9505379P, en situación procesal de rebeldía, debo CONDENAR y CONDENO al citado demandado a pagar a la entidad actora la suma total de MIL CUATROCIENTOS SETENTA EUROS (1.470 EUROS), junto al interés legal del dinero desde la presentación de la demanda, incrementado en dos puntos desde la presente resolución, sin hacer imposición de costas.
Notifíquese la presente a las partes, poniéndose en su conocimiento que la misma es firme al no ser apelable (artículo 455.1 LEC, en su redacción dada por Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal).
Líbrese y únase testimonio de la presente a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.
Así por esta mi sentencia, lo acuerdo, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del/de la demandado/a OSCAR GABRIEL PINTO CALLEJAS, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LEC), se ha acordado notificarle la citada resolución por medio de edicto que se publicará en el tablón edictal judicial único que publica electrónicamente la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado en la forma dispuesta en el Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero de ordenación del diario BOE.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina judicial de este tribunal, donde podrá tener conocimiento íntegro de la misma.
En Sevilla, en el día de la firma.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que el mismo contuviera y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.
Sevilla, 3 de diciembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CECILIA CARANDE CAMENO
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid