Juzgado de Primera Instancia Nº 2 de Lugo
Dirección: Calle ARMANDO DURÁN S/N
Localidad: Lugo
Código Postal: 27002
Provincia: Lugo
Teléfono: 982294700
Civil
Número: 334/2024
NIG: 2702842120240003002
Auto
Fecha: 31/10/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
SANTIAGO PINEIRO LOPEZ - NIF/NIE: ***8371**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
XDO. PRIMEIRA INSTANCIA N. 2 DE LUGO
-
ARMANDO DURAN S/N
Teléfono: 982-294701/02, Fax: ..
Correo electrónico: ..
Equipo/usuario: MF
Modelo: N65925 EDICTO TEXTO LIBRE ART 149 LEC
N.I.G.: 27028 42 1 2024 0003002
ETJ EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000334 /2024
Procedimiento origen: MON MONITORIO 0000586 /2024
Sobre RECLAMACION DE CANTIDAD
EJECUTANTE D/ña. LEX MEDIACIONES 24 SL
Procurador/a Sr/a. VANESA MARIA PALANCO GARCIA
Abogado/a Sr/a. ALVARO MARIA AGUILAR TALAVERA
EJECUTADO D/ña. SANTIAGO PINEIRO LOPEZ
Procurador/a Sr/a.
Abogado/a Sr/a.
E D I C T O
En este órgano judicial se tramita EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 334 /2024, seguido a instancias de LEX MEDIACIONES 24 SL, contra SANTIAGO PINEIRO LOPEZ, sobre RECLAMACION DE CANTIDAD en los que, en fecha 31 de Octubre de 2024 se ha dictado Auto cuya parte dispositiva dice:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Dictar orden general de ejecución del título indicado a favor del/de la ejecutante, LEX MEDIACIONES 24 SL, frente a SANTIAGO PINEIRO LOPEZ, parte ejecutada.
2.- Se despacha ejecución por importe de 2.000 euros en concepto de principal e intereses ordinarios y moratorios vencidos, más otros 600 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
El presente auto, junto con el decreto que dictará el/la Letrado de la Administración de Justicia, y copia de la demanda ejecutiva, serán notificados simultáneamente a la parte ejecutada, tal y como dispone el artículo 553 de la L.E.C.
En la misma fecha se dictó Decreto cuya parte dispositiva dice:
PARTE DISPOSITIVA
En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:
Efectuar averiguación laboral y patrimonial de bienes y derechos de la parte ejecutada, mediante consulta telemática a las bases de datos de los organismos públicos a los que tiene acceso este Juzgado, con traslado de su resultado a la parte ejecutante junto con la presente resolución y la Orden General de Ejecución para que inste lo que a su derecho convenga.
Declarar embargados los siguientes bienes como de la titularidad del ejecutado hasta cubrir la cantidad de 2.000 euros de principal más otros 600 de intereses y costas de ejecución sin perjuicio de ulterior liquidación:
-Saldos existentes en las cuentas de las que sea titular el ejecutado en entidades bancarias
-Devoluciones tributarias que por todos los conceptos le puedan corresponder
Embargos que se practicarán telematicamente
Las cantidades deberán ser ingresadas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones abierta en la entidad BANCO SANTANDER, con el número 2293 0000 05 0334 24 a disposición del ejecutante.
Y, para que sirva de notificación en forma a SANTIAGO PIÑEIRO LOPEZ, expido y firmo la presente en LUGO, a veintiocho de noviembre de dos mil veinticuatro.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA,
Lugo, 28 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, FRANCISCO JULIAN HINOJAL GIJON
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