Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid
Dirección: C/ Gran Vía, 52
Localidad: Madrid
Código Postal: 28013
Provincia: Madrid
Concursal
Número: 698/2024
Auto
Fecha: 21/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación. Plazo: 15 días
LANOIX CALZON, PATRICIA - NIF/NIE: ***8459**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
EDICTO D./Dña. MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 15 de Madrid hace saber: ANUNCIA Que en el procedimiento de concurso consecutivo 698/2024, número de identificación gral. del procedimiento 28.079.00.2-2024/0483152, se ha dictado Auto con fecha 21/11/2024, cuya parte dispositiva, en extracto, es del siguiente tenor literal: 1.- Declaración de concurso. Se declara en concurso voluntario de acreedores, sin más pronunciamiento, al deudor Dña. PATRICIA LANOIX CALZON, con DNI/NIF- 50884597H, y domicilio en calle Calle Ronda de los Almendros 24, 1ª, 28500, Arganda del Rey, Madrid, sin más pronunciamientos. 2.- Importe del pasivo. De la documentación aportada se desprende que el pasivo total es de 42.596,64 euros. 3.- Publicación de esta resolución: Esta resolución se publicará en el Registro Público Concursal y en el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) y, a tal efecto, se remitirán los correspondientes edictos con las menciones indispensables que establece el art. 35.1 LC. La inserción del edicto en el TEJU será gratuita y será remitido por vía telemática desde este Órgano. 4.- Llamamiento a los acreedores: El acreedor o los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo podrán, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación de ese edicto, solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado relativo al art. 37 ter. Trascurrido este plazo de quince días sin que se haya solicitado el nombramiento de Administrador/a Concursal, se procederá directamente a la conclusión del concurso, en caso de persona jurídica. 5.- Comunicación a los Registros Públicos. Debe destacarse a los efectos del artículo 36 del TRLC, que la presente resolución sólo debe contener el pronunciamiento de la declaración de concurso, con expresión del pasivo, tal como prevé el artículo 37 ter.1 del TRLC. En Madrid, a 21 de noviembre de 2.024 EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Madrid, 25 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOISTE RICO
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