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Documento BOE-J-2024-671925

PALMA DE MALLORCA. Edicto de 26 de noviembre de 2024 en procedimiento civil número 301/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 291, de 3 de diciembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ILLES BALEARS
Referencia:
BOE-J-2024-671925

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

JDO. DE LO MERCANTIL N. 3

Dirección: TRAVESSA D'EN BALLESTER, NÚM. 20, PLANTA 4 - 07002 - PALMA DE MALLORCA

Localidad: PALMA DE MALLORCA

Código Postal: 07002

Provincia: Illes Balears

Teléfono: 971219390

Correo electrónico: mercantil3.palmademallorca@justicia.es

PROCEDIMIENTO

Civil

Número: 301/2023

NIG: 0704047120230001258

RESOLUCIÓN PROCESAL

Diligencia

Fecha: 19/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

FRANK HOBRACHT

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial o a la sede judicial electrónica (https://sedejudicial.justicia.es/).

INFORMACIÓN ADICIONAL

Dña. SONIA MONTES RUIZ, Letrada de la Administración de Justicia, del JDO. DE LO MERCANTIL N. 3. Hace saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000301 /2023, seguidos a instancia de CLUB DE MAR MALLORCA frente a D. FRANK HOBRACHT, habiéndose dictado decreto de admisión de demanda de fecha 02/04/2024 y auto de medidas cautelares de fecha 11/09/2023, pudiendo dichas resoluciones ser examinadas por el interesado en la oficina judicial y la cédula de emplazamiento del tenor literal siguiente: “CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO ÓRGANO JUDICIAL QUE ORDENA EMPLAZAR JDO. DE LO MERCANTIL N. 3 de PALMA DE MALLORCA. ASUNTO EN QUE SE ACUERDA PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000301 /2023. PERSONA A LA QUE SE EMPLAZA D.FRANK HOBRACHT, en concepto de parte demandada. Domicilio: CLUB DE MAR, (Amarre nº M1031), MUELLE PELAIRES, S/N, 07015 PALMA DE MALLORCA OBJETO DEL EMPLAZAMIENTO Comparecer en el juicio indicado para contestar a la demanda. ÓRGANO JUDICIAL ANTE EL QUE DEBE COMPARECER En la sede de este órgano judicial. PLAZO PARA COMPARECER VEINTE DÍAS HÁBILES a contar desde el siguiente al de este emplazamiento. PREVENCIONES LEGALES 1. Si no comparece dentro del plazo indicado, se le declarará en situación de rebeldía procesal, y notificada su rebeldía, no se le volverá a notificar resolución alguna excepto la que ponga fin al procedimiento (artículos 496 y 497 de la L.E.C.). 2. La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado(artículos 23 y 31 de la LEC) y si carece de recursos económicos puede solicitar el reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita. Si pretende solicitar la designación de abogado, procurador o ambos profesionales, deberá realizarlo dentro de los tres días siguientes al emplazamiento. 3. Deberá comunicar a este órgano judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación del proceso (artículo 155.5 de la L.E.C.). 4. Se le informa que tienen la posibilidad de recurrir a una negociación para intentar solucionar el conflicto, incluido el recurso a una MEDIACIÓN, como un proceso alternativo al juicio, voluntario, flexible, más rápido y confidencial, que permite la gestión positiva de los conflictos aun cuando ya esté abierto un proceso judicial. A través de la mediación, las partes en conflicto aceptan voluntariamente la intervención de un tercero imparcial y neutral, el mediador, sin capacidad para tomar decisiones por ellos, cuya función es la de facilitar y restablecer la comunicación entre las partes y ayudarlas a solucionar todos los temas que puedan tener pendientes, incluso aquellas cuestiones que no sean jurídicas y no puedan tratarse en el proceso judicial, explorando todas las alternativas posibles, de tal forma que puedan encontrar por sí mismas las mejores vías de solución. En este caso, deberán indicar en la vista su decisión al respecto y las razones de la misma, de conformidad con lo previsto en el segundo párrafo del artículo 440 de la LEC, tras la modificación introducida por la Disposición final tercera de la Ley 5/2012, de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, publicada en el BOE de 7 de julio de 2012. Para conocer los órganos judiciales que ofrecen mediación se puede consultar la página www.poderjudicial.es En PALMA DE MALLORCA, a dos de abril de dos mil veinticuatro. LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA” Y como consecuencia del ignorado paradero de D. FRANK HOBRACHT, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación y emplazamiento.

PALMA DE MALLORCA, 26 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, SONIA MONTES RUIZ

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