Juzgado de lo Social Nº 3 de Cádiz
Dirección: Avenida SANIDAD PÚBLICA S/N
Localidad: Cádiz
Código Postal: 11008
Provincia: Cádiz
Teléfono: 956068091
Correo electrónico: JSocial.3.Cadiz.JUS@juntadeandalucia.es
Social
Número: 812/2023
NIG: 1101244420230002381
Sentencia
Fecha: 25/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
TRUJILLO GARCIA CONTRATAS Y PROYECTOS S.L - Nº ****3849*
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
F A L L O
Que, ESTIMANDO EN LO ESENCIAL la demanda interpuesta por JOSÉ LUIS ÁVILA FERNÁNDEZ, se hacen los siguientes pronunciamientos:
1.- se declara la IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO efectuado el 14/06/23 y se condena solidariamente a TRUJILLO GARCÍA CONTRATAS Y PROYECTOS, S.L., EXCELENCIA CONSTRUCTIVA KICAIZEL, S.L. y a FERRASUR OBRA CIVIL, S.L. a que:
a.- en un plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia opten entre la READMISIÓN del trabajador o el pago a este de la indemnización 1.959,23 euros; EN CASO DE SILENCIO SE PRESUME QUE SE OPTA POR LA READMISIÓN;
b.- asimismo, para el caso de opción expresa o presunta por la readmisión, al pago al trabajador en cuestión de una cantidad de SALARIOS DE TRAMITACIÓN igual a la suma de los salarios dejados de percibir, a razón de 51,596 euros diarios, durante los días posteriores al despido hasta la notificación de la sentencia que declarase la improcedencia o hasta que hubiera encontrado otro empleo, si tal colocación fuera anterior a dicha sentencia y se probase por el empresario lo percibido, para su descuento de los salarios de tramitación;
2.- no procede cantidad alguna en concepto de omisión de preaviso.
La presente resolución no es firme y contra la misma cabe RECURSO DE SUPLICACIÓN
Cádiz, 28 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, LIDIA ALCALA COIRADA
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