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Documento BOE-J-2024-668500

MÁLAGA. Edicto de 27 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 817/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 290, de 2 de diciembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2024-668500

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

Teléfono: 951938529

Correo electrónico: AtPublico.JMercantil.2.Malaga.JUS@juntadeandalucia.es

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 817/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Acuerdo

Fecha: 26/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Emplazamiento

DESTINATARIOS

LOS FERNANDOS DE ARCHEZ SL - NIF/NIE: ****6344*

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

CÉDULA DE EMPLAZAMIENTO JUDICIAL

Tribunal que ordena emplazar: Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Málaga

Asunto en que se acuerda: El arriba referenciado.

Persona a la que se emplaza: LOS FERNANDOS DE ARCHEZ SL en concepto de parte demandada.

Objeto del emplazamiento: Comparecer en el incidente concursal expresado, para contestar a la demanda en los términos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil para el juicio ordinario. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y de la providencia de admisión de aquélla.

Tribunal ante el que debe comparecer: Ante este Juzgado.

Plazo para comparecer: Diez días hábiles computados desde el siguiente a la fecha del emplazamiento.

PREVENCIONES LEGALES

1.- Si no comparece para contestar a la demanda, se declarará precluido el trámite y perdida la oportunidad de realizar dicho acto.

2.- En su escrito de contestación deberá proponer los medios de prueba de que intente valerse.

3.- La comparecencia en juicio debe realizarse por medio de procurador, con la asistencia de abogado (artículo 512 del texto refundido de la Ley Concursal).

4.- Debe comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5 párrafo Primero de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En Málaga, en el día de la firma.

Málaga, 27 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, ANA ISABEL DEL POZO AGUILAR

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