Juzgado de lo Mercantil Nº 5 de València
Dirección: Plaza DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961922186
Correo electrónico: vamerca05_val@gva.es
Concursal
Número: 822/2024
Auto
Fecha: 04/11/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
SANTIAGO LOPEZ CASADO - NIF/NIE: ***9360**
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 5 DE VALENCIAPlaça Del Torn D'Ofici - Ciutat De La Justícia – 46013 Valencia - vamerca05_val@gva.esNIG:46250-66-1-2024-0004555Procedimiento: CONCURSO Núm.:000822/2024 - 2Deudor:SANTIAGO LOPEZ CASADOPROCURADOR/A: GUTIERREZ BERLANGA, MARGARITAABOGADO/A: RUIZ DE VALBUENA LOPEZ, JESUSE D I C T OD./Dª. PILAR IRLES MARTÍNEZ, Letrado A. Justicia del Juzgado de loMercantil num. 5 de VALENCIA, por el presente HAGO SABER:Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedoresnúm. 000822/2024 habiéndose dictado en fecha 4-11-24 por el Ilmo/a.Sr/a. Magistrado-Juez Auto por el que se acuerda:1.- Concedo a SANTIAGO LOPEZ CASADO a exoneración del pasivo insatisfecho con laextensión prevista en los fundamentos de derecho segundo y tercero de esta resolución.En el caso de que exista un préstamo hipotecario, la entidad prestamista deberá realizar elrecálculo de las cuotas del préstamo hipotecario garantizado con el inmueble propiedad de lapersona concursada del modo que prevé el artículo 492 bis del Texto Refundido de la LeyConcursal, siempre y cuando el deudor concursado le aporte un informe por una sociedad detasación homologada e inscrita en el Registro especial del Banco de España (actual o realizadodentro de los seis meses anteriores a la fecha de declaración de concurso) o una valoraciónactualizada cuando, entre la fecha de la última valoración disponible y la fecha de la valoraciónactualizada, no hubieran transcurrido más de seis años.La entidad prestamista no estará obligada a realizar el recálculo si la persona concursada nose lo solicita aportando el informe o la valoración indicadas en el plazo máximo de tres meses.El recálculo se efectuará con efectos desde la fecha en la que la persona concursada se losolicite acompañando la documentación indicada.2.- Declaro la conclusión del concurso de SANTIAGO LOPEZ CASADO con D.N.I.nº45493603V.- Acuerdo el archivo las actuaciones.4.- Publíquese esta resolución en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en elBoletín Oficial del Estado.5.- Notifíquese esta resolución a la persona concursada, a las partes personadas, y acualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 delTexto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que la decisión de la conclusión delconcurso es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal).Contra este auto puede interponerse recurso de reposición en el plazo de 5 días a contardesde su notificación en cuanto a la decisión de la exoneración del pasivo insatisfecho por parte deacreedores. En cuanto al deudor, en caso de desestimación de la solicitud de exoneración del pasivoinsatisfecho, o en caso de concesión inferior a la solicitada, podrá interponer recurso de apelación.Con la presente publicación se da la publicidad establecida en elart. 482 del TRLC para la resolución que acuerda la conclusión delprocedimiento.Más información disponible en el Registro Público Concursal a través delenlace:https://www.publicidadconcursal.es/consulta-publicidad-concursal-newEn VALENCIA, a cuatro de noviembre de dos mil veinticuatro.EL/LA LETRADO/A A. JUSTICIACSV:TFI4DG3R:X77VXMV2:VPHV4DHQ URL de validació:https://www.tramita.gva.es/csv-front/index.faces?cadena=TFI4DG3R:X77VXMV2:VPHV4DHQ
València, 25 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, PILAR IRLES MARTINEZ
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