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Documento BOE-J-2024-660224

MADRID. Edicto de 20 de noviembre de 2024 en procedimiento concursal número 332/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 287, de 28 de noviembre de 2024
Sección:
B. Edictos judiciales de carácter particular
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MADRID
Referencia:
BOE-J-2024-660224

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil nº 19 de Madrid

Dirección: C/ Gran Vía, 52

Localidad: Madrid

Código Postal: 28013

Provincia: Madrid

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 332/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 14/11/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación. Plazo: -

DESTINATARIOS

SANTIAGO BUENDIA, EMILIO

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

III – PARTE DISPOSITIVA Se autoriza a la administración judicial para que proceda a la venta de directa del inmueble vivienda y plaza de garaje nº 6 a ella vinculada sito en Silla, Valencia (Finca Registral nº 21262 de Silla, Registro de la Propiedad nº 2 de Picassent, Tomo 2644, Libro 374, folio 105) y cuarto trastero (Finca Registral nº 21252/41 de Silla, Registro de la Propiedad nº 2 de Picassent, Tomo 2413, Libro 310, Folio 165). Se acuerda el anuncio de las condiciones fijadas para la realización directa del bien afecto, que son las siguientes: “- Se realizará libre de cargas y gravámenes. - Todos los gastos que genere esta compraventa serán satisfechos con arreglo a ley. - Se les concede un plazo de dos meses desde la fecha de esta comunicación para que puedan completar las gestiones necesarias para el otorgamiento de la escritura pública de compraventa del referido inmueble.” Si se presentara mejor postor, se abrirá licitación entre todos los oferentes. Si no se presentara mejor postor, la administración concursal queda autorizada para proceder a la venta directa a favor del único oferente, de acuerdo con las condiciones indicadas, procediéndose a la cancelación de las cargas posteriores a las del crédito privilegiado en cuya deuda se subroga.

Madrid, 20 de noviembre de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, YOLANDA PEÑA JIMÉNEZ

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